Lo dijo su interventor, Pedro Mouratián, en referencia al caso de la nena de 11 años embarazada en Entre Ríos. Hizo referencia a la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
"tomando en cuenta la edad de la niña, y que el embarazo fue producto de un abuso sexual, el caso encuadraría en el artículo 86 del Código Penal de la Nación Argentina", dijo.
Mouratián añadió que "se entiende que un embarazo de tales características pone en riesgo la salud psicofísica de la niña".
Por eso, desde el INADI se afirmó en el comunicado, que "el caso no debería haber llegado a la Justicia y debería haberse realizado sin demora la interrupción del embarazo en el ámbito de los servicios de salud".
La Convención Internacional de los Derechos del Niño, aludida en el comunicado, establece que "el Estado debe garantizar el derecho del/a niño/a a ser protegido/a contra toda forma de abuso físico y mental (artículo 19, 32, 34, 35 y 39), el derecho a la salud (artículo 24) y el derecho a expresar libremente su opinión en los asuntos que lo/a afecten, teniendo en cuenta debidamente sus opiniones".
El caso de la menor permanece en el Juzgado de Familia de Concordia.
Fuente: APF






