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El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay condenó a un hombre a once años de prisión efectiva, por abuso sexual con acceso carnal contra una menor. Asimismo estableció que el imputado deberá enfrentar las accesorias legales y costas como autor de dicho delito, al haberse considerado suficientemente probados los extremos de la imputación formulados por el Ministerio Público Fiscal. Dispuso, también, que continúe con prisión preventiva en la Unidad Penal Nº 5 de Victoria hasta que el pronunciamiento quede firme. El hecho ocurrió el 13 de agosto del año pasado, en la ciudad de Nogoyá.

El Tribunal de Juicio estuvo integrado por los Dres. Darío Ernesto Crespo, quien actuó como presidente de causa, Javier Cadenas y Dardo Tórtul.

Las audiencias se efectuaron durante los días 13, 14 y 15 de febrero, y en las mismas intervinieron además del incurso, el Dr. Rodrigo Molina por el Ministerio Público Fiscal; la Dra. María de los Ángeles Banno por el Ministerio Pupilar; y el Dr Walter Luis Martínez como defensor técnico del imputado.

Luego de las deliberaciones el Tribunal arribó a una decisión unánime, rechazando las nulidades planteadas por el Dr. Martínez y concluyendo, luego de merituar lo actuado, que las conductas atribuidas emergían sobradamente acreditadas de la prueba rendida, fundamentalmente del "muy creíble relato de la menor víctima", que resultó ampliamente corroborado por el restante caudal colectado, constituido por los testimonios de sus hermanas, de su madre, de los integrantes del COPNAF (Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia), del dispositivo Gesell practicado y de los informes técnicos.

Además se tuvieron en cuenta los testimonios brindados en el debate por los integrantes del E.T.I (Equipo Técnico Interdisciplinario) Nogoyá, Dra. Bonzi y Lic. Cardoso; frente a lo cual, tanto la negativa del imputado como las alegaciones de su esforzada defensa, aparecieron como comprensibles pero insuficientes esfuerzos frente al poderoso plexo probatorio de cargo que lo incriminaba, al cual no lograron conmover.

El tribunal también dispuso que una vez que quede firme la condena, se efectúe extracción del patrón genético del condenado para su inclusión en el Registro Provincial de Datos Genéticos que funciona en el ámbito del Servicio de Genética Forense dependiente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, tal como dispone la Ley Nº 10.016.
Fuente: El Once

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