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A través del Decreto Nº 05/2023, el gobierno oficializó el acceso a la Asignación Universal por Hijo (AUH) a todos los menores de edad que permanezcan bajo medidas de protección excepcional en dispositivos residenciales de cuidado o en instituciones familiares.

La disposición establece “el pago mensual de un monto equivalente al 100% del valor general de la Asignación Universal por Hijo/a para Protección Social para los niños, las niñas y adolescentes hasta los 17 años de edad inclusive, o del 100 % de la Asignación Universal por Hijo/a con discapacidad, si cuentan con Certificado Único de Discapacidad vigente, siempre que se hubiera adoptado una medida de protección excepcional respecto de ellos y ellas, y permanezcan en dispositivos residenciales de cuidado, de gestión pública o privada, o en dispositivos familiares de cuidado”.

En este sentido, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) solicitará a las entidades financieras con las que tenga convenios de pagos vigentes, la apertura de una cuenta bancaria para el depósito de la prestación y la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social suscribirá convenios bilaterales con las 24 jurisdicciones del país, en los que establecerá la modalidad de intercambio de información y el procedimiento administrativo correspondiente.

Así, una vez recibida la solicitud prevista en el artículo anterior, la Anses suspenderá el pago de la asignación a quien lo estaba efectuando.
Fuente: El Entre Ríos / Presidencia de la Nación

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