“Que en razón de lo expresado y, considerando que el estado de emergencia es de toda evidencia, el Ejecutivo Municipal entiende que existen razones suficientes que aconsejan la adquisición de agua potable embotellada para ser entregada a los vecinos afectados, mientras se continúa en los ingentes esfuerzos en normalizar el suministro”, se indica como argumento oficial del flamante municipio.
El decreto lleva la numeración 08/2020 y las firmas, tanto del presidente municipal como del secretario de Gobierno y Hacienda, Julio Pintos y Diego Quarróz, respectivamente.
Articulado del decreto
Artículo 1º): Declárase la Emergencia del Sistema de Provisión de Agua Potable en la zona comprendida por las manzanas 83, 95, 102, 103, 104, 105, 108, 109, 110, 111, 120, 121, 123, 123, 134, 135 y 136, la cual reviste el carácter de temporal y excepcional hasta tanto sea normalizado el servicio.Artículo 2º): Facilítase a la Secretaría de Políticas Sociales y Salud, mediante el área correspondiente, a adquirir agua potable envasada a efectos de suministrar a los vecinos afectadas, dando prioridad en el suministro de la misma a las personas de riesgo (niños/as y lactantes; personas mayores, enfermos con afecciones crónicas como diabetes o enfermedad cardiovascular, cerebrovascular, respiratoria, renal o neurológica) y de escasos recursos.
Artículo 3º): Encomiéndese a la Secretaría de Políticas Sociales articular con el responsable zonal de Salud del gobierno de la provincia de Entre Ríos el monitoreo y asistencia de atención primaria a los vecinos afectados.
Artículo 4º): Instruméntese por la Dirección de Patrimonio, Obras y Servicios Públicos todas las medidas tendientes a normalizar el servicio de provisión de agua potable, disponiendo a tal fin las acciones y recursos que la situación amerite, pudiendo establecer procedimientos especiales en la modalidad de trabajo de las dependencias de la dirección. Asimismo, articúlase con la Dirección de Obras Sanitarias de Entre Ríos tareas y gestiones, a efectos de normalizar el servicio.
Artículo 5º): Facúltase a la Secretaría de Gobierno y Hacienda y al contador municipal a instrumentar las medidas presupuestarias pertinentes, a fin de responder ante esta situación de emergencia, conforme la previsión del artículo 159º, inciso 4) y concordantes de las leyes 10.027 y 10.082.
Artículo 6º): Reprográmese la realización de los Corsos Liebileños “Urbano Tony Martínez”, previstos para el día 7 de febrero de 2020 a fecha a determinar.
Artículo 7º): Comuníquese, notifíquese, publíquese y cumplida, archívese.
Proyecto similar espera tratamiento
Horas antes de que apareciera el decreto del Ejecutivo, ediles de Juntos por Liebig (Juntos por el Cambio) habían requerido la realización de una sesión extraordinaria del Concejo Deliberante por el mismo tema.La intención del bloque opositor pretendía tratar y someter a votación un proyecto de ordenanza de su autoría, declarando la “Emergencia del servicio de provisión de agua potable y sanitaria”.
Aunque estos concejales requerían que la sesión sea el mismo viernes a la hora 11, finalmente fue postergada para este lunes a las 15.30.