Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) el 12 de febrero pasado. Los testimonios de niños, niñas y adolescentes en procesos de Familia serán recibidos conforme un Protocolo de Buenas Prácticas para la Escucha.

Este protocolo, que comenzará a aplicarse en todo el territorio provincial a partir de marzo, reconoce a los menores como sujetos de derecho y no como objetos de prueba. De acuerdo con el protocolo, “todo niño, niña o adolescente tiene capacidad para formar opinión y tiene derecho a expresarla libremente”, debiendo ser tenidos en cuenta su edad, género, etnia y condición personal.
Procesos de Familia
En estos casos, la recepción de testimonios se regirá por una serie de reglas y principios, resguardando la privacidad del menor y brindándole un trato digno y comprensivo, evitando indagar sobre aspectos reservados a su intimidad. También, se intentará que se perturbe su cotidianidad lo menos posible, para lo cual se efectuarán los ajustes que se estimen necesarios.

Al ser citados a declarar, se les consignará que se trata de un derecho, pero que no están obligados a dar su testimonio. La citación será redactada en forma clara y sencilla, debiendo ser presentada en el domicilio en el que se encuentre residiendo.

La escucha a niños, niñas y adolescentes será ante un representante del Ministerio Público, su abogado/a o una persona de su confianza. Y en caso de que la Magistratura lo considere oportuno, también podrá incorporarse un integrante de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETI).

La audiencia tendrá un registro audiovisual y el sistema comenzará a grabar cuando niños, niñas y adolescentes brinden su consentimiento. Será después de que la Magistratura informe, en un lenguaje coloquial y sencillo, sobre el motivo de la convocatoria al Juzgado.

La audiencia podrá suspenderse cuando la Magistratura lo considere pertinente. Y previo a la finalización preguntará a niños, niñas y adolescentes sobre lo que quisieran “que pase en relación a los temas tratados, dando lugar a que expresen sus deseos en relación a los mismos y evacuando sus consultas al respecto”.

Según lo dispuesto los niños, niñas y adolescentes deberán permanecer el menor tiempo posible en los Tribunales, “concurriendo al sólo propósito de participar de la audiencia”. A tal fin el Protocolo estipuló un lapso máximo de 40 minutos.

Además se estableció la confidencialidad del material, que no podrá ser copiado ni remitido a otros organismos judiciales, con excepción de la Fiscalía con competencia penal “si del contenido surge la posible comisión de un delito perseguible de oficio”.
Fuente: APF Digital

Enviá tu comentario