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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional" de un aceite de oliva al que consideró como "ilegal".

La medida se oficializó a través de la Disposición 7388/2022, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial y que llevó la firma de Manuel Limeres, el máximo responsables de la ANMAT.

En específico, se trata del "Aceite de Olvida Virgen Extra" de la marca "Tataglia", cuyo contenido es de 2 litros, dado que no cuenta con "la rotulación adecuada a la normativa vigente".

Al "carecer de registros sanitarios" y al no poder "ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y fraccionado en un establecimiento determinado", no podrá ser comercializado en ninguna parte del país.

Además, se detalla que "a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad y su inocuidad", se prohíbe su elaboración y distribución en la Argentina.

La investigación comenzó a raíz de una notificación de la Dirección de Bromatología de Tucumán, que elevó ante el Sistema de Información de Vigilancia Sanitaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) el reclamo de un consumidor particular que alertó respecto de la comercialización en plataformas de venta en internet de un aceite de oliva que no contaba con la rotulación adecuada a la normativa vigente.

Al comenzar las consultas, se observó que el rótulo detallaba que se trataba de un producto proveniente de la ciudad de San Martín, en Mendoza. No obstante, al comunicarse con el Departamento de Higiene de los alimentos de esa provincia, se pudo verificar que, tras verificar la base de datos, "no se encontró ningún RNPA con marca o nombre Tataglia", por lo que se trataba de un "registro inexistente".

Acto seguido, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.

De esa manera, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) intervino en el caso y dispuso la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto: “Aceite de Oliva Virgen Extra. Marca: Tataglia. Contenido neto: 2 litros., RNE -En trámite-, RNPA -En trámite-”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
Fuente: ANMAT

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