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El Concejo Deliberante de San José sancionó este jueves la Ordenanza 24/2021, que modifica la Ordenanza 36/2010 de escapes antirreglamentarios.

A través de esta modificatoria se prohíbe la colocación, circulación, portación y uso de escapes antirreglamentarios en vehículos automotores y ciclomotores de bocinas, o cualquier otro vehículo motorizado, exceptuando aquellos que son utilizados en competiciones deportivas. Además, deroga los artículos 6, 7 y 8 de la Ordenanza 36/2010. A partir de ahora, se autoriza a decomisar aquellos escapes no originales de fábrica o que hayan sufrido alguna modificación de automóviles, motos, cuatriciclos, bicicletas o triciclos motorizados.

En caso de infracción, el Juez de Faltas podrá fijar el monto de la multa según lo establecido en el Código Municipal de Faltas, o bien se podrá entregar voluntariamente el elemento antirreglamentario al municipio. En caso de restitución del vehículo en infracción, su responsable deberá abonar previamente los gastos por traslado, estadía y depósito, además de dotar al vehículo de un escape reglamentario que lo habilite para su circulación por la vía pública.

La ordenanza faculta al Juez de Faltas a indicar la destrucción de los caños de escape decomisados, para sacarlos de circulación luego de transcurridos 6 meses. Esta acción deberá ser comunicada en los medios de prensa y en la página web oficial del municipio. Además, podrá disponer para quien infrinja la ordenanza, la realización de un curso o charla de concientización sobre el Trastorno del Espectro Autista (T.E.A).

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La modificatoria instaura que se capacite a personal de Inspección en cuanto al procedimiento de actuación, particularmente, en relación a la confección del acta de infracción y la retención del vehículo.

El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar campañas de concientización y difusión periódicas, dirigidas a toda la población, respecto de la problemática relacionada a los ruidos, con la participación del Área de Ambiente y de Comunicación del municipio.

Deberá informarse a los comerciantes de vehículos y accesorios relacionados con estos elementos la sanción de esta ordenanza y sugerirse la “no venta” de escapes libres no homologados para la circulación dentro del ejido Urbano.

Finalmente, se designa como autoridad de aplicación de la presente al área de Inspección Municipal, división Transito. Se dispone un plazo de 90 días para la entrada en vigencia de la normativa.
Fuente: HCD San José

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