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El fiscal de Estado de la provincia, Julio Rodríguez Signes, se refirió al accionar del organismo frente a la investigación de los contratos legislativos truchos.

En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), Rodríguez Signes señaló que en la causa de los contratos truchos de la Legislatura “el interés patrimonial de la provincia, que es lo que a Fiscalía de Estado le corresponde defender, está completamente asegurado”.

Sobre la participación de Fiscalía de Estado en la causa, explicó que “en caso de que se determine la irregularidad de esos contratos a Fiscalía de Estado le corresponde el recupero o la obtención de una reparación o indemnización por los daños y perjuicios que le generó al Estado esta situación”.

De todos modos, aclaró que “para poder plantear una acción hay tres caminos o posibilidades de acción judicial: la primera es que el Tribunal de Cuentas determine un perjuicio y responsabilidad de los funcionarios intervinientes, mande a Fiscalía los antecedentes y conclusiones de ese caso y la Fiscalía con ese expediente –utilizándolo como prueba- promueve los daños y perjuicios. La segunda posibilidad es que sin esperar la intervención y determinación del perjuicio por parte del Tribunal de Cuentas lo haga por sí misma, declarando previamente la lesividad y planteando la nulidad de los contratos; y la tercera posibilidad –que es lo que está pasando en este momento- es que el Ministerio Público Fiscal inició una investigación, está llevando adelante un proceso que llegará a juicio y en ese juicio penal se determinará cuáles son los contratos irregulares y por lo tanto nulos, de allí se determina el perjuicio y con eso Fiscalía de Estado, a través de una acción judicial, recupera los daños y perjuicios”, describió.

No obstante, reiteró que “el interés patrimonial del Estado está asegurado porque hay una media cautelar trabada sobre los bienes de todos los imputados” con lo cual “mientras se desarrolla el proceso penal, el Tribunal de Cuentas realiza su investigación y la Legislatura realiza sus sumarios administrativos, el patrimonio de los imputados queda embargados por una suma importante con lo cual el interés del Estado está preservado”.

“Estamos expectantes de todo eso y estamos obligados a promover las acciones correspondientes cuando tengamos las causas, la prueba y las determinaciones de la Justicia, del Tribunal de Cuentas o del propio Ejecutivo. Porque a veces pasa que el Poder Ejecutivo declara la nulidad de un acto administrativo o de un contrato y Fiscalía promueve la acción de nulidad, pero como acá los contratos fueron celebrados por el Poder Legislativo, el Ejecutivo no puede declarar lesividades en el ámbito del Poder Legislativo, con lo cual estamos dependiendo de dos opciones: que el Poder Judicial con intervención del Ministerio Público Fiscal, de la defensa y de los jueces penales determine que esos contratos están viciados de nulidad por dolo o el Tribunal de Cuentas”, planteó el fiscal.

En este contexto, destacó que “en general y en la mayoría de las causas el interés patrimonial de la provincia en este tipo de situaciones se preserva” y valoró que “en casi todos los casos en que hubo condena penal, el propio proceso penal en los casos de enriquecimiento ilícito lleva al decomiso del bien y la provincia fácilmente logra reparar el daño que se le produjo”. A modo de ejemplo, mencionó “los casos de (el ex senador Mario) Yedro, (el ex funcionario de Obras Sanitarias, Hugo) Righelato y de (el empresario publicitario Jesús José María) Bustamante, que pagó los daños que se habían producido así que estamos actuando con mucha solvencia, entre todos los poderes”.

Explicitó que “es un tema muy técnico desde el punto de vista administrativo, pero para el derecho, para poder declarar nulos los contratos necesitamos que sea el Poder Judicial el que establezca que en esos contratos existen vicios que los tornan nulos, en este caso sería el dolo”. “Están en una etapa de investigación, a lo sumo lo llevarán a juicio este año y en ese caso, una vez que haya una sentencia que los declare nulo, tenemos la causa que nos permite plantear la acción de daños”, sentenció.
Otras causas
Consultado al respecto, Rodríguez Signes explicó que “no necesariamente una negociación incompatible genera perjuicio patrimonial a la provincia” y recordó que “en esa causa no hubo una condena tendiente a reparar un daño, y el Tribunal de Cuentas informó en la audiencia de debate donde se juzgó al entonces presidente de la tarjeta, (Juan José Canosa), que las rendiciones de Sidecreer estaban todas aprobadas”.
“Lo que se condenó fue por el delito de las negociaciones incompatibles lo que no necesariamente lleva a que exista un perjuicio económico a la administración pública. En este caso, los contratos se celebraron, las prestaciones derivadas de ellos se cumplieron perfectamente y consecuentemente no hay un daño al Estado”, afirmó.

En comparación, indicó que “en el caso Yedro sí hubo daño porque hubo un enriquecimiento ilícito, claramente a expensas de la provincia y allí se obtuvo la reparación del daño” y del mismo modo recordó que “Bustamante hace poco indemnizó a la provincia en 4.800.000 pesos por los daños causados, a través de una sentencia en el juicio abreviado”.

Ante esto, analizó que “con este tipo de acciones, se demuestra que en estos casos el sistema funciona bastante bien porque en la mayoría de los casos, cuando hay perjuicio patrimonial, se obtuvieron las reparaciones correspondientes”.

Ejemplificó también que “en el caso Rossi, en aquel antiguo juicio donde hubo condena pero no hubo una determinación del perjuicio y por eso desde Fiscalía se envió el fallo al Tribunal de Cuentas, que determinó perjuicio y Rossi pagó” y planteó que “en general los funcionarios indemnizan a la provincia por los daños causados, y el sistema funciona bastante bien obteniendo la reparación”.

En cuanto a la investigación por la Cumbre del Mercosur, el fiscal sostuvo que “frente a un caso, como por ejemplo los gastos de la cumbre del Mercosur, le corresponde al Tribunal de Cuentas determinar el perjuicio al Estado y desde allí manda el expediente a la Fiscalía que inmediatamente plantea la acción civil. Primero intimamos al funcionario a que voluntariamente pague y si no lo hacemos judicialmente”.

“La otra posibilidad es que el Poder Judicial sea el que a través de una condena penal determine que hay un perjuicio patrimonial y ahí si podamos actuar”, reiteró.

“En este caso de los contratos, como ya hay en marcha una investigación penal y se está dando en el ámbito de la Legislatura no nos corresponde a nosotros declarar lesividades. Pero hay una investigación penal y una medida cautelar, por eso dentro del sistema de controles de la provincia se está funcionando bastante bien porque hay una medida cautelar trabada y eso nos permite que si hay condenas, se puedan plantear las acciones”, concluyó.
Fuente: Análisis Digital

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