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"Los hechos que aparentan irse confirmando con las pruebas recolectadas ocasionan pavor, es una situación que nunca pensamos –después de muchísimos años de estar en la Justicia- encontrarnos con semejante panorama", describió el procurador general del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Jorge Amilcar García, al referirse a la investigación judicial por "promoción a la corrupción y a la prostitución" que se inició de oficio contra el abogado de Gualeguaychú Gustavo Rivas, tras la denuncia periodística de la revista ANALISIS .

Agregó que "supera la posibilidad de imaginación un tratamiento tan abusivo de adolescentes" y resaltó que "no se trata de actos aislados de una determinada orientación sexual, se trata de un ataque a la posibilidad de elegir con libertad la sexualidad al momento de ser mayores".

Aclaró también que "la calificación de prostitución tiene que ver con que el sexo que es uno de los aspectos más excelsos que caracterizan al ser humano porque no es la procreación sino que es el amor vinculado a la sexualidad, y eso se prostituye, se quebranta porque se hace por dinero, y eso no implica que el cliente paga y el organizador organiza, sino que es también cuando una persona por satisfacer sus deseos propios le da dinero o bienes a los adolescentes, porque los está llevando al camino de lo que llamamos el taxi boy".

Descartó la posibilidad de prescripción de los delitos y brindó garantías a "toda víctima que quiera denunciar esta situación, que tendrá protección en el sentido que se tomará la declaración en el lugar que ellos quieran, de la manera que prefieran, de manera de garantizar la mayor libertad posible y alentando a la valentía de quienes se animan a quebrar esa barrera de impunidad que durante tantos años hubo sobre estos hechos".

Respecto de las pruebas encontradas en el domicilio de Rivas, evitó "adelantar valoraciones porque dependerá de las pericias que se haga del material secuestrado" pero admitió que "confirman la nota periodística, que es de una gravedad que nunca he visto".

Explicó que "los niños son protegidos con lo que en filosofía del derecho se llama paternalismo, en un sentido legítimo para que puedan ejercer con libertad su orientación sexual, y precisamente por eso no se les debe quebrantar esa posibilidad siendo niños o adolescentes y menos aun jugando con la líbido o peor aún con dineros o favores o todas estas cuestiones que hacen al abuso; por eso la calificación que le damos a esto es promoción a la corrupción y promoción a la prostitución".

Para ahondar su explicación, el magistrado indicó que "no es necesario que efectivamente las víctimas se corrompan o se prostituyan, son los que se llaman delitos de tendencia o delitos de estado, con el devenir de los actos perversos prematuros o excesivos ya se constituye el delito".

Respecto de la calificación de promoción a la prostitución, aclaró que "la imagen de prostitución que tenemos usualmente es de la wiskeria o el lugar donde hay chicas que cobran, pero no se ve que cuando una persona se aprovecha de un niño o adolescente para formarlo como ´taxi boy´, aun cuando sea para satisfacción de deseo propio y no para organizar un comercio sexual, igualmente es sexo por dinero".

Consultado por una justificación de los hechos que sobrevoló entre los vecinos de Gualeguaychú respecto del consentimiento de los menores, García señaló que "el centro sustancial de la protección de los niños es que el consentimiento empírico es inválido, no es tenido en cuenta porque se considera que en esa edad los niños o adolescentes no tienen plena autonomía. Cuando la persona es mayor de edad y son relaciones consentidas rige el ámbito plenamente de la autonomía, y cualquier conducta de cualquier tipo, aun las sadomasoquistas no son ilícitas", comparó.

¿Por qué no prescribiría?


Por otra parte, el procurador descartó la posibilidad de prescripción de estos ilícitos y refirió que "en el tema de (los abusos del cura de Justo José) Ilarraz todo el tiempo la defensa, hasta aun hoy donde se resisten a ir a juicio, hablan de la prescripción" y lamentó que "la cuestión de la prescripción es una de las cosas que se ha visto más enjuiciada frente a las comprobaciones de las ciencias sociales distintas del derecho, como la psicología infantil y la sociología que han dado fundamento al cambio cultural tan importante, en el sentido que los niños tenían garantizada la impunidad de los abusadores por la propia ley y por todo el esquema de traumatización que llevaba a que recién cuando lo podían elaborar y estar en condiciones de hacer la denuncia, el orden jurídico les decía que como no fueron héroes ya era tarde".

"Esto está debajo de la construcción de todos los delitos de lesa humanidad. Los alemanes cuando vieron que se acercaba la prescripción de los hechos juzgados en Nüremberg no tuvieron ningún reparo en decir que la prescripción tiene naturaleza procesal, es decir que se aplica de inmediato, entonces alargaron los tiempos de la prescripción. Después la cultura jurídica hizo imprescriptibles a los delitos de lesa humanidad y cada vez avanza más en que, aun cuando no estemos en lesa humanidad, hay gravísimas violaciones de derechos humanos que no tienen posibilidad de prescripción, es decir que se suspende la prescripción hasta que las víctimas están en condiciones de formular la denuncia", analizó.

Afirmó que "todo esto es novedoso y es una disputa de principios pero estamos firmemente convencidos de que tenemos la justicia material de nuestro lado, y si la Corte llegara a fallar en contra iremos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos porque esto de una vez por todas tiene que entenderse: el abusador sexual de niños y adolescentes no puede tener a su favor y no puede contar con la prescripción".

Agregó que "la cultura estaba tan ajena a esta situación que en la legislación anterior solamente los progenitores podían hacer la denuncia de estos hechos. Hasta que el orden jurídico se dio cuenta que los progenitores o guardadores abusadores –como los concubinos- tenían a su cargo el deber positivo de protegerlas y solo ellos podían denunciar y eso les garantizaba la impunidad. Esto es tan aberrante como norma que motiva este cambio cultural tan importante para darle a la víctima el derecho de que cuando se anima a realizar la denuncia, comience la prescripción".
Fuente: Radio De La Plaza

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