La disposición considera como animal doméstico, a todo animal de compañía que por su característica evolutiva y de comportamiento pueda convivir con el ser humano dentro de un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, alimento y cuidados sanitarios.
Las sanciones
La norma prevé una sanción con multas que oscilan entre las 2.500 a 3.500 Unidades Fijas (equivalente cada Unidad al precio de un litro de nafta súper), ante el abandono del animal en la vía pública o en lugares privados de acceso público.También establece una pena de entre 1.500 a 3.000 Unidades Fijas, a quien mantenga un animal dentro de instalaciones y/o espacios inadecuados que afecten su salud, bienestar, higiene y esparcimiento.
La ordenanza incluye también sanción de entre 1.500 a 3.000 Unidades Fijas, para quien menoscabe la integridad de un animal doméstico, ya sea por pintarlo, teñirlo, poner objetos en su cuerpo y todo acto que produzca daño en su salud y bienestar físico.
La Dirección de Salud Animal Municipal será el órgano de aplicación de la norma, quien a través de su cuerpo de profesionales constatará las infracciones que se produzcan, estableciendo el formato del acta por vía reglamentaria para su posterior elevación de las actuaciones a la Justicia de Faltas, acompañando otros elementos probatorios que recolecte.