Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
El Ejecutivo de San José presentó ante el concejo deliberante un proyecto de modificación de la Ordenanza 34/2016 “De espectáculos públicos” que regula las habilitaciones y el funcionamiento de locales con y sin actividad bailable, entendidos como lugares destinados a esparcimiento público.

Las modificaciones se proponen en base a las políticas públicas llevadas a cabo por SEDRONAR, el Área de Niñez, Adolescencia y Familia y el Foro de Seguridad, como así también ajustes de acuerdo a la Ley de Higiene y Seguridad Laboral.

Dentro de las novedades está la exigencia de las medidas de “seguridad ciudadana” para eventos masivos, boliches, confiterías bailables y similares. Se trata de la instalación de un sistema de monitoreo y grabación con cámaras de seguridad interior y exterior, la contratación de un servicio de seguridad privada identificados y habilitados para el fin, la contratación del servicio de policía con operativo de registro o requisa personal en el ingreso, y puesto de hidratación o servicio de agua gratuita.
Competencia desleal
Por otro lado, la propuesta enviada al concejo ordena la clasificación de espectáculos públicos, clarifica la categoría tributaria y fija responsabilidades comerciales, impositivas y organizativas en eventos que se realizan en salones de fiesta. Estas últimas modificaciones obedecen a la competencia desleal generada en perjuicio de discotecas y confiterías bailables a partir de eventos con fines comerciales que se vienen realizando en salones de fiesta, cuya habilitación es exclusiva para eventos sociales y familiares, no onerosos.

Con estas modificaciones, estos tipos de eventos podrán realizarse, pero con la correspondiente inscripción comercial e implementación de las medidas de seguridad ciudadana que se requieren a boliches, confiterías bailables y eventos masivos, independientemente de la cantidad de asistentes.
Matinés y eventos estudiantiles
En cuanto a las recomendaciones del Área de Niñez, Adolescencia y Familia, la realización de matinés quedó permitida exclusivamente para los eventos estudiantiles, quitándose esta posibilidad a los boliches bailables. Allí, la edad de ingreso permitida quedaría a partir de los 18 años.

En cuanto a los eventos estudiantiles, se agregó la obligatoriedad de contar con una zona de descanso e hidratación, avalada por SEDRONAR.

Finalmente, se adecuó la capacidad de los locales habilitados, de acuerdo a lo que dispone la Ley de Higiene y Seguridad Laboral.
Fuente: HCD SJ / El Entre Ríos

Enviá tu comentario