El diputado provincial Juan José Bahillo presentó un proyecto de ley para declarar por 18 meses la Emergencia del Sector Turístico en Entre Ríos, plazo que podrá prorrogarse por igual período mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial.
La iniciativa tuvo su punto de partida el viernes último en la ciudad de Colón, durante un encuentro de prestadores turísticos con los legisladores nacionales Marianela Marclay y Guillermo Michel, y concejales del PJ.
“Los prestadores explicaron su situación en este contexto económico, sus dificultades y cómo vienen trabajando para enfrentar el Fenómeno del Niño”, contó a El Entre Ríos Patricia Irigoy (bloque 17 de Octubre).
“Surgió la idea de armar un proyecto en conjunto para declarar la emergencia en el sector, especialmente en lo económico, ya que la gente no viene porque no tiene plata para gastar”.
A partir de ahí, Marclay y Michel tomaron el compromiso de trasladar la inquietud a los legisladores provinciales, quienes durante el fin de semana trabajaron junto a distintos sectores en el diseño de la propuesta que este martes presentó Bahillo.
Condiciones y beneficios
El proyecto tiene por objetivo “mitigar el impacto económico y financiero que sufre el sector turístico provincial como consecuencia de la retracción sostenida del consumo y de la actividad económica general”. También “del riesgo de crecidas, inundaciones y demás eventos hidroclimáticos extraordinarios derivados del fortalecimiento del fenómeno El Niño-Oscilación del Sur (ENOS) sobre las cuencas de los ríos Paraná y Uruguay, mediante el otorgamiento de los beneficios tributarios previstos en la presente ley”.
Se verían beneficiados alojamientos turísticos, establecimientos gastronómicos, agencias y operadores turísticos, actividades vinculadas al río, recreación y entretenimiento, complejos termales y establecimientos de turismo rural, turismo cultural y eventos, transporte y otras actividades del rubro.
Se considerará que se encuentra en situación crítica quien en el primer semestre de 2026, haya facturado menos que en igual período del ejercicio inmediato anterior; que la actividad se encuentre radicada en zonas declaradas en alerta o emergencia hídrica; o que el establecimiento haya debido interrumpir total o parcialmente su actividad por anegamiento, restricción de acceso vial o fluvial, o daños en su infraestructura, con motivo de eventos hidroclimáticos extraordinarios ocurridos durante la vigencia de la presente Ley.
Los beneficios tributarios alcanzarían a Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario e Impuesto Automotor. A la vez, mientras dure la emergencia, “no se promoverán ni sustanciarán ejecuciones fiscales ni se trabarán medidas cautelares provenientes de impuestos y tasas provinciales y sus accesorios, derivados de la actividad turística alcanzada”.
Por otra parte, el proyecto indica que “los beneficios quedan condicionados a que el beneficiario no genere despidos sin justa causa del personal dependiente afectado a la actividad económica declarada en emergencia, durante el período de vigencia de los beneficios percibidos”.