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Jorge Julián Christe presentó un recurso extraordinario federal para llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que en ese ámbito se declare su absolución en la causa penal que investiga la muerte de su pareja, Julieta Riera, quien cayera al vacío desde un octavo piso la madrugada del 30 de abril de 2020. De ese modo, pretende evitar que se lo someta a un nuevo juicio. Fue después de que el 1º de junio la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) anulara todo el proceso judicial llevado adelante contra Christe –mediante un juicio por jurado, en 2021, cuando fue condenado a perpetua por el femicidio de su pareja, Julieta Riera, y la confirmación de ese fallo por parte de la Cámara de Casación Penal– y ordenara la realización de un nuevo juicio. De ese modo, Christe volvió al inicio de todo: como imputado por esa muerte.

Pero la defensa sostiene que como ya lo juzgaron no lo pueden volver a juzgar. “El planteo se basa en una doctrina anglosajona que se llama ‘double jeopardy’ que quiere decir, literalmente, que toda persona está protegida y si es absuelta no puede ser perseguida ni juzgada de nuevo”, explicó una fuente de Tribunales.

El recurso de la defensa va contra el punto II de la sentencia dictada por la Sala Penal el 1º de este mes que dispuso “reenviar las presentes actuaciones a la Oficina de Gestión de Audiencias de esta ciudad, a fin de que, por quien corresponda, se renueven los actos pertinentes para la realización de un nuevo juicio, retrotrayéndose la situación personal del encausado a la que se encontraba en el momento previo al debate, con comunicación de lo aquí resuelto a la Sala I de la Cámara de Casación Penal”.

“La sentencia aquí recurrida debe ser revisada necesariamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a que un accionar nulo del sistema de justicia –criterio que esta defensa comparte con VVEE– le genera una nueva lesión a los derechos fundamentales del Sr. Julián Christe, en particular el derecho a no ser perseguido penalmente dos veces por los mismos hechos”, plantea la abogada Barbitta.

En su escrito, sostiene que “el hecho de que se ordene la realización de un nuevo debate, habiéndose dispuesto la nulidad del juicio por jurados donde se condenó arbitrariamente a mi defendido, genera una afectación directa al principio non bis in idem, que impide una doble persecución penal por hechos que ya fueron investigados y juzgados”.

“Cuando esta defensa solicitó la anulación del debate, advirtió como una solución posible su absolución, toda vez que el hecho de que el sistema de justicia haya fallado y afectado derechos y garantías constitucionales de Julián, como el derecho de defensa, no puede dar lugar a un nuevo juzgamiento, y peor aún, asentado sobre una investigación que acarrea enormes déficits”, apunta.

Pero además, la tesis defensiva de Christe apunta a que Julieta Riera se cayó del octavo piso: no fue arrojada.

Así lo planteó la abogada Barbitta cuando acudió a la Sala Penal del STJ, que finalmente anuló la condena a perpetua.

Sostiene que esa madrugada del 30 de abril de 2020, Jorge Julián Chiste se encontraba en el departamento de su hermana Ana, en San Martín 918, octavo piso, departamento 5, frente a Plaza 1° de Mayo, junto a su pareja , María Julieta Riera, en un encuentro del que también participó el portero del edificio, Eduardo Molina, alias “Corcho”. Su abogada defensora, Mariana Barbitta, dice que “estaban consumiendo alcohol y estupefacientes. Eso está probado. Treinta minutos antes de la caída de Julieta, Molina se retira del lugar. Julián va al baño y cuando sale advierte que en el balcón la figura de Julieta. Escucha cómo Julieta lo llama y al girarse, la ve caerse de espalda, con las piernas flexionadas y con su mano derecha en la baranda. Julián contó eso. E incluso aportó un dibujo a mano alzada de cómo la ve”. La hipótesis de la defensa es que Christe no mató a Julieta Riera, que no hubo femicidio y que sólo hubo un accidente. ¿Por qué estaban en el departamento de la hermana de Christe esa madrugada? Por que ese día no tenían internet en su propio departamento, en el mismo edificio, y fueron al de la hermana a escuchar música. Esa fue la versión de los hechos que terminaron con la muerte de Julieta Riera lo que derivó en la condena, en 2021, a perpetua para Julián Christe. El fallo fue dictado por un jurado popular, confirmado en 2022 por la Cámara de Casación Penal. Luego, el caso llegó en revisión mediante impugnación extraordinaria a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que terminó anulando la condena y ordenando nuevo juicio. Su reconstrucción de los hechos marca que aquella madrugada del 30 de abril de 2020 Julieta Riera salió sola al balcón –cuya baranda medía menos de un metro– se apoyó de espaldas, con 3,3 gramos de alcohol en sangre y habiendo consumido cocaína. Eso está acreditado. Llevó la cabeza y espalda hacia atrás, perdiendo el equilibrio (…). El cuerpo fue hacia atrás sin empuje, cayendo cabeza abajo, impactando en la red, la cual hace que se desvíe el cuerpo hacia el lado del cuerpo. Impacta tremendamente en distintos lugares”. Luego, citó las “negligencias” en la pericia.

Entre el 8 y el 15 de abril de 2021 se realizó el juicio por jurados al cabo del cual Christe fue declarado culpable por el jurado popular del asesinato de su pareja María Julieta Riera la madrugada del 30 de abril de 2020, y fue condenado a perpetua por homicidio triplemente agravado, por el vínculo, por alevosía y por femicidio.

En la tramitación de la causa, la acusación fiscal en el caso se mencionó que el jueves 30 de abril, entre las 2,30 y las 2,50, Jorge Julián Christe, 31 años, de ocupación piloto de avión, sin trabajo estable, hijo de Jorge Luis Christe, jubilado, y de la exjueza Ana María Stagnaro, asesinó a María Julieta Riera, 24 años, con quien convivía en un departamento del octavo piso del edificio de Peatonal San Martín 918 en una relación caracterizada por “la violencia de género, habiéndola sometido a maltrato físico, agresiones sexuales, daños a la propiedad y agresiones psicológicas”.

Christe cumple, desde este lunes 26, arresto domiciliario en la casa de su madre exjueza, en un edificio de departamentos de San Martín al 500. Estaba en la Unidad Penal Nº 1 desde 2021, cuando fue juzgado y condenado. La Procuración acudió con un recurso extraordinario federal que debe resolver la Sala Penal del STJ y reprochó la decisión de anular la condena.“La sentencia cuestionada carece por completo de perspectiva de género y es contraria al deber de diligencia reforzada convencional que el Estado argentino debe observar ante casos extremos de violencia contra las mujeres”, argumentó.
El caso, otra vez, tiene final abierto.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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