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El Tribunal Oral Federal de Paraná dictó la primera condena por trata de personas con fines de explotación laboral: Javier José María Laner recibió una pena de 3 años de prisión condicional, es decir, no irá a la cárcel. Es que los magistrados aplicaron una atenuante que prevé una reducción de pena para quienes aporten datos que permitan dar con otros autores del delito. En la misma línea, hicieron lugar a un pedido del fiscal para que se investigue la responsabilidad de los dueños del campo.

Laner fue encontrado culpable de la captación y recepción o acogimiento de cinco personas con fines de explotación laboral, mediante el abuso de una situación de vulnerabilidad, en un predio dedicado a la actividad forestal.

El muchacho, de 29 años, administraba una explotación forestal en el paraje Loma Negra, departamento Concordia, donde los trabajadores desarrollaban tareas de desmonte de eucaliptos, sin ningún tipo de cobertura legal y por una escasa paga mensual. Los hacheros vivían dentro del mismo campo, en condiciones muy precarias, hacinados en chozas cubiertas con nylon, sin luz, ni agua y desprovistos de la ropa y elementos de seguridad requeridos para la tarea que desarrollaban.

El fiscal José Ignacio Candioti había solicitado una pena de 4 años y seis meses de prisión para el acusado. Pero el tribunal consideró a Laner como partícipe secundario de la explotación laboral y le aplicó una rebaja respecto de la pena prevista para el delito de trata (entre cuatro y ocho años de prisión), en virtud del atenuante que prevé el Código Penal para quienes “proporcionen información que permita conocer la identidad de otros partícipes o encubridores del hecho”.

Laner, en su indagatoria, había apuntado contra un matrimonio al que señaló como los dueños del campo donde fueron hallados los trabajadores en situación de explotación laboral: José Bacigalupo y Silvia Rodríguez, un matrimonio concordiense para el que trabajó hasta hace cuatro meses. En los papeles, sin embargo, el campo estaba a nombre de la empresa Trimaderas SRL, cuya cara visible es un tal Héctor Alfonso Diez, a quien el ahora condenado señaló como amigo de la pareja.

El fiscal Candioti tomó nota de esos datos y pidió formalmente que se remitan copias de las actuaciones producidas en el juicio a la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay para que se considere la posibilidad de continuar con la investigación respecto de la posible responsabilidad que podrían tener los dueños del campo de eucaliptos en la explotación de los cinco hacheros. Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros hicieron lugar a ese pedido.

Explotación. El caso tiene su origen en una inspección que realizaron el 23 de febrero de 2011 agentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), junto con agentes de la Dirección Provincial del Trabajo y policías provinciales, donde constataron la presencia de seis personas que desarrollaban tareas de desmonte en un campo de eucaliptos.

Los trabajadores describieron un cuadro de precariedad extrema: sobrevivían en el monte, hacinados en una casilla de madera cubierta con bolsas de nylon, desprotegidos de las inclemencias climáticas, sin agua corriente ni luz eléctrica. Cocinaban en un fogón y tenían que acarrear el agua para beber e higienizarse desde un campo vecino distante a dos kilómetros del rancho. Como no tenían baño, debían hacer sus necesidades en un pozo, al aire libre, solo cubierto por bolsas. Por las noches se alumbraban con un fogón y antorchas que ellos mismos habían confeccionado.

En las planillas que llenaron los inspectores de AFIP quedó asentado que trabajaban de lunes a lunes, con una jornada laboral que se iniciaba a las 5.30 y se extendía hasta las 19.30, es decir, 14 horas diarias. Dijeron también que cada tres o cuatro días Laner les proveía los alimentos, pero se los descontaba, y con sobreprecio, de la suma que percibirían en concepto de salario.

LA COOPERATIVA TRUCHA

El procedimiento realizado en el paraje Loma Negra, junto con otros que se sucedieron en los meses siguientes, expuso una formidable maniobra de evasión por parte de la cooperativa a la cual figuraban como asociados los trabajadores explotados.

Durante la investigación se verificó que los obreros estaban inscriptos en una tal Cooperativa de Trabajo “Tierra Colorada Limitada”, con la cual había contratado Laner unos días antes del operativo. Pero los hacheros solo reconocían a Laner como su “patrón” y ellos mismos dijeron en sede judicial que la relación laboral continuó (en las mismas condiciones) tras el procedimiento.

Según las investigaciones posteriores, entre 2011 y 2013, Tierra Colorada, bajo la figura de asociados, colocó al menos 1.363 empleados en relación de dependencia en más 500 empresas, cuyos rubros eran agropecuarias, industrias, comercios, citrícolas, frutihortícolas, yerbateras y agroforestales con las que operaba. De esta forma, las firmas evadieron $52,2 millones en aportes y contribuciones de la seguridad social.

“Las investigaciones preliminares confirman que desde sus comienzos (el 1 de enero de 2011), la cooperativa utilizó a 26.000 asociados a través de una megaestructura administrativa dispersa en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Chaco, Corrientes y Misiones”, señaló la AFIP luego de que se desarticulara la millonaria maniobra de evasión fiscal.

Las cooperativas están eximidas del pago del impuesto a las ganancias, siempre y cuando las utilidades obtenidas sean repartidas entre sus asociados, es decir, entre los propios trabajadores; pero los empleados contratados bajo esta figura por la Cooperativa de Trabajo Tierra Colorada no tenían cobertura por accidentes ni registraban el pago de aportes y contribuciones de ley. Sumado a las condiciones en que se desempeñaban.
Fuente: El Diario

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