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El Tribunal de Cuentas de la provincia de Entre Ríos condenó al ex Presidente del Club Central Entrerriano Leonardo Abraham, a devolver la suma de 150 mil pesos con los correspondientes intereses por no haber construido, con dicha suma, dos aulas destinadas al Instituto Bértora, de Gualeguaychú. Dicho monto provenía de fondos provinciales otorgados a través de un subsidio concretado en el decreto 2809 del año 2011. La decisión del Tribunal de Cuentas es la Sentencia 032 y lleva la firma del Presidente interino del organismo, Federico Tomás, del Vocal José Luís Gea Sánchez y de la Secretaria Letrada adjunta, Mariela Gamarra.

De acuerdo al texto del fallo de seis páginas, el Tribunal dispuso "librar oficio al Consejo General de Educación de Entre Ríos, requiriendo informe si se han construido desde el año 2011, dos (2) aulas destinadas a enseñanza nivel inicial en el Instituto José María Bértora de Gualeguaychú con fondos provenientes del Decreto N° 2809/11 GOB otorgados al entonces Presidente del Club Central Entrerriano, para tales fines" y consideró que "persistiendo la omisión renditiva de los fondos otorgados por parte del enjuiciado (Abraham), corresponde el dictado de sentencia condenatoria en estos obrados (?)".

En los considerando de la Sentencia se deja claramente estipulado que al "no haber podido constatar la existencia de la documental renditiva (comprobantes de gastos) relativo a los fondos reclamados. Que, a fs. 213, en respuesta a las Medidas ordenadas, obra contestación por parte de la Municipalidad de Gualeguaychú - Dirección de Obras Particulares manifestando que " ... se informa que en esta Dirección no hay registro de obras en el Parque Recreativo Unzue desde el año 2011 a la fecha". A fs. 224 obra presentación del Consejo General de Educación de Entre Ríos, adjuntando a fs. 22 la contestación del actual presidente del Club Central Entrerriano, en el que se da cuenta que " ... en el complejo educativo José María Bértola, propiedad del CLUB CENTRAL ENTRERRIANO- que tengo el honor de presidir, -no se encuentra documento alguno del "Decreto N° 2809/11 GOB" Específicamente puedo informar con toda seguridad que desde el año 2011 a la fecha NO se han construidos las "dos aulas" que se menciona en el oficio... ".

En otro de los párrafos de la decisión, se plasmó que "a pesar del esfuerzo realizado por el Tribunal, con las medidas propias desplegadas, como así también las solicitadas por el cuentadante, permiten concluir que no se ha podido corroborar la construcción de las aulas referenciadas, conforme lo informado por el actual Presidente del Club, y la Dirección de Obras Particular de la Municipalidad de Gualeguaychú. Que, además, y pese a la concurrencia a la sede judicial auditores, tampoco se obtuvo la documental renditiva como la informaron a fs. 20 y vta."
Fuente: Máxima online

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