El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, constituido en forma unipersonal por la jueza Emilce Rojas, declaró a Natalia Soledad Bonasola y a Juan José Martínez coautores penalmente responsables del delito de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización.
El hecho juzgado ocurrió el 8 de octubre de 2016, cuando personal de la Policía Federal Argentina ejecutó una orden de allanamiento en el domicilio habitado por Bonasola, situado en calle Sauré y Cortada N° 61 de la ciudad de Concordia. El procedimiento formaba parte de una investigación previa contra una organización vinculada al tráfico de estupefacientes liderada por Elbio Gonzalo Caudana.
Durante el registro del inmueble, los efectivos hallaron oculta en un cubículo —detrás de una tapa de cerámica en el lateral de una parrilla ubicada en el garaje— una pistola marca FM HI POWER, modelo Detective, calibre 9 mm, con su cargador y 18 cartuchos.
Las pericias balísticas confirmaron que la pistola se encontraba en normal funcionamiento y era apta para el disparo, mientras que los informes oficiales certificaron que ninguno de los dos procesados contaba con autorización legal para la tenencia o portación de armas.
El expediente se resolvió mediante la modalidad de juicio abreviado, en el que los imputados admitieron su participación en los hechos. Sin embargo, la magistrada dispuso la absolución de ambos respecto de la acusación por adulteración o supresión de la numeración del arma.
La jueza señaló que no existían pruebas de que los acusados hubiesen limado el número de serie, contemplando la duda razonable de que la pistola hubiera sido adquirida en esas condiciones en el mercado informal.
Al momento de fijar la condena, la justicia dispuso para Natalia Soledad Bonasola una pena de tres años de prisión por este hecho. Al sumar una condena previa de seis años dictada en 2022 por el Juzgado de Garantías de Concordia, el tribunal estableció una pena única y unificada de siete años de prisión de cumplimiento efectivo.
En tanto que Juan José Martínez recibió una pena de dos años y 10 meses de prisión de ejecución condicional (en suspenso), con la obligación de fijar residencia y someterse al control judicial.
Asimismo, el fallo determinó la inhabilitación especial de ambos condenados para acceder a la credencial de legítimo usuario de armas de fuego por el doble del tiempo de la condena, y ordenó remitir la pistola incautada al Registro Nacional de Armas (RENAR) para su posterior destrucción.
Sobre Elbio Gonzalo Caudana hay que señalar que lleva casi 10 años detenido sobre una pena unificada de 12 años. En la actualidad se encuentra alojado en la unidad penal de Federal.