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La Secretaría de Cultura de Entre Ríos, a través del Área Patrimonio Cultural y Ambiental, actualizó e incorporó nuevos bienes al inventario del “Patrimonio Histórico- Arquitectónico Entrerriano”. En el período de pandemia se sumaron seis bienes para su valoración, preservación, conservación y protección.

Se trata de un registro de 600 áreas y edificios, tanto públicos como privados, registrados a través del Decreto Nº 6676/03: estos bienes se preservan integralmente, conservando así la identidad de los mismos. Como también lo indica la norma legal de su creación, el inventario debe actualizarse mediante el relevamiento del patrimonio edilicio, a través de un instructivo de declaratoria.

Para ser declarado patrimonio e integrar el registro el Área Patrimonio Cultural y Ambiental, se cerciora que los bienes reúnan los siguientes atributos: antigüedad, representatividad (de un momento, de un autor, de una función específica, etcétera), integridad (mantenerse sin modificaciones en el tiempo, sin agregados ni sustracciones importantes, etcétera), autenticidad (no falsea la realidad del período en que fue realizado) u otros.

Desde comienzos de 2020, hasta la fecha, se han sumado: el Naranjal de Pereda, de Concordia; el Rancho La Fonda y la Estancia Don Eusebio, de Maciá (Departamento Tala); el Predio del Ferrocarril y el Museo de la Ciudad, de Bovril (La Paz); y la vivienda de la Dra. Teresa Ratto, ubicada en Concepción del Uruguay.

Con los datos provistos por los solicitantes, el área evalúa la pertinencia, determina la necesidad del relevamiento técnico in situ y, por último, elabora el argumento para integrar el inventario. Cabe destacar que estos relevamientos también son a nivel fotográfico a fin de catalogar las patologías de los edificios, y se procura que los mismos mantengan su identidad arquitectónica, la zonificación y los espacios originales, no solo en la fachada sino también en los interiores.

También se constata si la propiedad es valorada por su comunidad; si fue propiedad de o si allí vivió una personalidad reconocida; si fue realizada por algún artista, arquitecto o constructor relevante; si fue sede de algún evento de trascendencia local.

Se indicó que, además, se incorporó la vivienda del Dr. Domingo Liotta, a través de la Ley Provincial Nº 10.784. Allí se determina que el inmueble es patrimonio histórico arquitectónico.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos / Secretaría de Cultura

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