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La jueza Barbagelata volverá a expedirse
La jueza Barbagelata volverá a expedirse
La jueza Barbagelata volverá a expedirse
El extenso derrotero de la Causa Contratos sumó un nuevo capítulo este jueves, con la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo cuerpo judicial del país no se expresó sobre la competencia del expediente, sino que resolvió “de conformidad” con los argumentos del procurador General Eduardo Casal, por lo que la causa volverá a la Justicia ordinaria provincial para que la jueza de Garantías N°1 de Paraná, Marina Barbagelata, resuelva su competencia en base a lo que había expresado anteriormente la Cámara Nacional Electoral.

Así, teniendo en cuenta la posición ya fundada por la magistrada, todo indicaría que volvería a declararse competente para entender en la causa y continuar el trámite del expediente. Ante ese escenario, podría darse nuevamente el recorrido de presentación de recursos ante el Superior Tribunal de Justicia por parte de las defensas, que buscan que el expediente pase a la Justicia Federal, reveló Análisis Digital.

“De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, a fin de que el Juzgado de Garantías n° 1 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, pueda conocer y expedirse con relación a los argumentos incorporados por la Cámara Nacional Electoral en su pronunciamiento del 15 de septiembre de 2022, a sus efectos, remítanse las actuaciones al Juzgado Federal n° 1 de Paraná”, dice el breve escrito firmado por los cuatro ministros de la Corte.
El caso
Cabe recordar que la apertura de causa fue en 2018. En junio de 2021 se pidió la elevación a juicio.

Para esa fecha algunos defensores hicieron un planteo de competencia en la Justicia Federal por segunda vez (en una primera instancia lo rechazó el juez Federal N° Leandro Ríos). En esta oportunidad resolvió el juez Federal Daniel Alonso y consideró que la causa pertenece al fuero federal. El fiscal federal apeló esa decisión y Alonso la denegó, de modo que fue en queja a la Cámara Nacional Electoral (CNE) que omitió responder el recurso.

La discusión por la competencia continuó y llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En noviembre del año pasado, el STJ suspendió los plazos procesales en la provincia y el avance de la causa se paró. Hay un antecedente: cuando la causa Ilarraz avanzó en la provincia, el plazo de prescripción llegó a la Corte pero el planteo no frenó el trámite en la provincia. En la causa de los Contratos, el planteo en la Corte motivó la suspensión de los plazos procesales.

La Corte corrió vista al procurador General de la Nación, Eduardo Casal, quien consideró que no estaba trabado el conflicto de competencia porque la Cámara Nacional Electoral no se expidió sobre el recurso de queja del fiscal federal. Es decir, mientras la Cámara Electoral no contestó, no hubo conflicto de competencia. La Corte devolvió a la CNE para que conteste. Ésta rechazó el recurso de queja de la Fiscalía y agregó argumentos. De modo que el trámite volvió a la Corte y de ahí a Casal quien consideró que, con los nuevos argumentos de la CNE, la jueza original puede seguir reteniendo la causa o reflexionar y otorgársela a la Justicia Federal. Si la Corte tomaba el argumento de Casal -como finalmente ocurrió-, la causa volverá al Juzgado de Garantías 1 para que la jueza se expida sobre los argumentos que agregó la CNE.
Fuente: Análisis Digital

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