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Día y horario confirmado para su debut en Entre Ríos: será este miércoles, a la hora 9, en Paraná, en el marco del legajo “Caminos, Carlos Ivan S/ Homicidio Simple”. Será transmitido en directo por el canal de YouTube del Servicio de Información y Comunicación del Superior Tribunal de Justicia. Esta martes, y de acuerdo a las disposiciones de la ley para el funcionamiento del instituto, a través de la audiencia denominada voir dire fueron seleccionados los 12 ciudadanos titulares y 4 suplentes (en igualdad de género), que intervendrán en el juicio como jurados. En la misma se aplica un mecanismo de exclusiones, para obtener un jurado “imparcial e independiente” que actúe en el caso que se juzga.

Se trata del crimen de Milton Luna, un joven de 25 años de edad que fue asesinado a balazos en abril pasado en la capital provincial y cuyo acusado -a ser juzgado por el jurado popular- es Carlos Iván Caminos. El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Pablo Vírgala, será el juez que llevará adelante la audiencia, a desarrollarse en el salón de actos del Superior Tribunal de Justicia. Por el Ministerio Público Fiscal participarán los fiscales Santiago Brugo y Juan Malvasio; el abogado Javier Aiani patrocinará al acusado y como querellante estará el abogado Javier José Francisco Barbagelata Xavier.

Las audiencias del juicio se desarrollarán entre este miércoles y el próximo viernes, día que se conocerá el veredicto: “Culpable o no culpable”, que deberá ser por unanimidad. En caso de que el jurado no esté de acuerdo en su totalidad, se deberá llevar adelante una nueva discusión.
Integración del jurado
Compuesto por 12 personas titulares y 4 suplentes, el jurado popular intervendrá en los delitos graves con penas de 20 años o más. Será dirigido por un solo juez penal, que podrá ordenar que haya más suplentes, de acuerdo a la gravedad, duración y/o complejidad del caso.

El panel del jurado titular y suplente deberá estar integrado siempre por mujeres y hombres en partes iguales.

Los ciudadanos convocados a integrar uno deben presentarse obligatoriamente, en tanto se trata de una carga pública.
La ley
La legislación provincial de Juicio por Jurados fue promulgada el 8 de noviembre de 2019 bajo el número 10.746, luego de que la Cámara de Diputados y el Senado la sancionaran por unanimidad en cada caso. Su vigencia viene a dar cumplimiento a los artículos 24º y 75º (incisos 22º y 118º) de la Constitución Nacional y al artículo 22º (inciso 23º) de la provincial.
Fuente: SIC-STJER

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