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Para el Ministerio Público Fiscal, no se incurrió en ningún delito.

La Justicia decidió “desestimar” y “remitir para su archivo” la causa que involucra al ex secretario de Trabajo de la provincia, Oscar Balla, quien en octubre de 2018 viajó en un vehículo oficial a Mendoza y protagonizó un siniestro vial. El caso tomó notoriedad porque Balla, además de asistir a un encuentro de trabajo, se dirigió a un torneo de fútbol.

Los acompañantes del ex funcionario al momento del accidente, Tomás Ismael Espíndola, Cirilo Ángel Espinoza y Juan Ramón Godoy, brindaron entrevistas sobre lo sucedido. Asimismo, junto a Balla, figuraban en la lista del torneo de fútbol de veteranos.
Delito de peculado
Por los hechos, el ex secretario fue investigado por el delito de peculado. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal consideró que “nuestra legislación penal, a diferencia de otros ordenamientos regionales, no tipifica el llamado ‘peculado de uso’, es decir, no sanciona el empleo de bienes públicos con fines diversos a los administrativos, con lo que la mera utilización resulta impune, debido a que no puede considerarse que tales casos constituyan sustracción”.

En este sentido, tras “constatar si la momentánea afectación de un vehículo oficial a actividades particulares y, por ende, ajenos a la administración pública, implica sustraer en términos típicos o simplemente utilizar, con lo cual la conducta resultaría atípica”, se desestimó la figura penal atribuida a Balla.

El ex funcionario había sido acusado de que “presumiblemente entre el 25 y el 26 de octubre de 2018, en su condición de secretario de Trabajo de la provincia de Entre Ríos, habría utilizado en provecho propio recursos del Estado para asistir a un torneo de fútbol que se realizó en la localidad de Maipú, provincia de Mendoza”.
Desestimación
En la resolución, se fundamentó que “teniendo en cuenta el contexto, es decir, que Balla desvió de manera transitoria la finalidad para la cual le había sido confiado el vehículo, y no pudiéndose atribuir en los términos del artículo 381 del Código Procesal Penal (CPP) si en el marco de ese empleo indebido fueron sustraídos en paralelo bienes de consumo, corresponde desestimar esta investigación”.

En el archivo, asimismo, figura que el ex funcionario reconoció ue “utilizó en provecho propio los efectos públicos que le fueron confiados para el desempeño de su función”, situación que “aparece reconocida” en la solicitud de viáticos, “donde expresa que también solicita los mismos para ‘(…) participar de la inauguración del Torneo Argentino’, a punto que se encontraba inscripto para disputar el certamen, tal como surge de la lista de ‘buena fe’ remitida por la Asociación Argentina de Futbol de Veteranos”.

“Vale decir que, sin perjuicio de que tal intervención haya o no tenido carácter oficial, desde un inicio era intención del nombrado intervenir en el certamen deportivo además de concurrir a las reuniones de índole laboral”, indicaron desde la Procuración General.
Fuente: Análisis Digital

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