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En el marco de diferentes procedimientos realizados por agentes especializados de la Dirección General de Aduanas–AFIP en Gualeguaychú, se descubrieron múltiples bienes que habían sido importados y se pretendían exportar de manera irregular, sin la correspondiente declaración, ante el servicio aduanero.

En consecuencia, el director General de Aduanas, Guillermo Michel, expresó que “necesitamos cuidar los dólares de los argentinos, proteger las reservas; darle confianza, fortaleza y credibilidad a nuestra moneda y que nuestra industria no tenga que competir con mercadería importada de manera desleal, con contrabando".

Las diferentes tareas se implementaron en el Puente Internacional Libertador General San Martín y en distintos puntos de control en ruta, procediéndose a la verificación física y documental tanto de los medios de transportes como de la mercadería trasladada.

En el sector de control de egreso, al escanear e inspeccionar dos camiones que pretendían salir del país se constató la presencia de varios bultos llamativos. Al verificar los mismos, se encontraron una gran cantidad de repuestos de camión y 110 kg. de nueces peladas que pretendían ser exportadas de contrabando.
Importaciones ilegales
Por otra parte, en el área de inspección del Puente Internacional, se procedió al control de un automotor que efectuaba su ingreso al territorio aduanero, constatándose que los pasajeros transportaban en el interior del equipaje varios micrófonos, intercomunicadores, transformadores, beepers y carcazas que carecían de la intervención aduanera y de los certificados específicos de acuerdo al tipo de mercadería.

Además, en el punto de control ubicado en la Ruta Nacional 12, en el paraje Ceibas, se inspeccionaron camiones, ómnibus y automotores procediéndose al secuestro de mercadería de origen extranjero: 238 paquetes de yerba, 544 paquetes de fideos, 90 botellas de alcohol y 8 cubiertas.

La Aduana continuará trabajando con la aplicación de las infracciones para cada uno de los casos conforme los artículos 962 y 967 del Código Aduanero; pudiendo corresponder una multa igual al valor en plaza para el caso de mercaderías a bordo sin declarar o de uno a tres veces el valor en aduana de los bienes en infracción por no cumplir con el régimen de equipaje.
Fuente: Reporte 2820

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