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Los jóvenes habían sido allanados en mayo de este año y procesados por el juez de primera instancia por tener tres plantas de marihuana y cogollos en proceso de secado. La Cámara Federal de Apelaciones decidió sobreseerlos.

En el fallo de la Cámara, los jueces Beatríz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia Gómez, consideraron que no es ilegal tener plantas de marihuana para consumo personal. Esta sentencia se alinea con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en los fallos Bazterrica y Arriola, donde se libera de culpa y cargo a quienes tienen estupefacientes en su poder pero para consumo personal sin afectar a terceros, en consonancia con el artículo 19 de la Constitución Nacional.
El caso
La Dirección de Toxicología realizó tareas investigativas contra los dos jóvenes acusados de tener plantas de marihuana en su hogar a raíz de un llamado anónimo de una vecina. Una vez que los policías comprobaron lo denunciado, el juzgado de instrucción y la fiscal García Escalada dispusieron el allanamiento.

En la vivienda se hallaron tres plantas de marihuana, dos en tierra y una en maceta, y alrededor de 60 ramas en proceso de secado. La investigación había arrojado el resultado final de que lo hallado tenía un peso de 1.050,50 gramos, pero esto fue controvertido por la defensa de los acusados y los jueces le dieron la razón: no se especificó si los gramos se reducían a los cogollos (única parte consumible de la planta) o si incluía la totalidad del cannabis.

La sentencia absolutoria expresó que “respecto del primero de los delitos atribuidos –tenencia del estupefaciente–, no resulta determinante la conclusión de la pericia química obrante, atento al modo enq ue se encontraban presentados los elementos secuestrados y la falta de detalle en el informe acerca de cómo fue realizado el pesaje”. Y agrega: “De igual modo cabe concluir en relación al cultivo o siembra de las tres plantas, atribuido a los imputados, en virtud de que no se ha especificado si el resultado final del mismo (1.050,50 gramos) comprende solo a la ‘flor’ o ‘cogollo’ o a la planta completa”.

Lo expresado por los magistrados tuvo que ver con el resguardo del ámbito de la privacidad para quienes deseen consumir estupefacientes sin afectar a ningún tercero: “Corresponde señalar que lo que esta norma requiere para considerar la tenencia de la droga es para uso personal, es la mera constatación de la cantidad de estupefaciente y no la valoración de las ‘dosis umbrales’ del modo en que lo realizaron los investigadores”.
Jurisprudencia
Citando los casos de Bazterrica y Arriola, la Cámara aseguró que “dichas razones son enteramente aplicables a la figura que reprime el cultivo, la siembra, etc., cuando tales actividades, por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, estuvieran destinadas a obtener estupefacientes para consumo personal. Que, la cuestión radica, entonces, en determinar si se ha puesto en peligro el bien jurídico protegido –salud pública– por el riesgo de trascendencia a terceros, atendiendo fundamentalmente al ámbito en el que se produjo el hallazgo y secuestro”.

Pero además, el fallo cita a los propios acusados en su declaración defensiva, donde ellos reconocen y defienden su postura de cultivadores. Destacaron, además, la negativa de los acusados de financiar el narcotráfico, lo que motivó el autocultivo de las plantas.

“soy cultivador, tengo una planta de marihuana, porque me gusta fumar… lo hago de manera responsable, en mi casa… habitualmente consumo y elegí esta vida porque me parece peligroso ir a los lugares o kioscos o dealers que venden un producto que yo ni sé cómo se produce ni de dónde se saca… lo hago por esparcimiento, por recreación… es una práctica que hago para recreación, y para consumo responsable, habitual…”, sostuvo el acusado.

En el mismo sentido, la acusada expuso que las plantas “eran para tener para consumo personal para todo el año”. Y agregó que “la motivación principal por la que decidí tener plantas fue dejar de exponerme a tener que ir a comprar marihuana prensada, porque considero que no es saludable y que me ponía en situación de vulnerabilidad. Además también la convicción de no querer financiar el narcotráfico”.
Fuente: Análisis Digital

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