La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente, reza lo siguiente: "COLON, 16 de agosto de 2018. Agréguese los edictos acompañados y advirtiendo que en el proveído de fs.53 se incurrió en error al no expresar el plazo para estar a derecho. En consecuencia, cítese a la demandada mediante edictos que se publicarán por una sola vez en un diario de esta ciudad y en el Boletín Oficial, para que dentro cinco (5) días, comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, bajo apercibimiento de designarle defensor de ausentes para que lo represente en él (art. 517, inc. 2° in fine, del Código Procesal Civil y Comercial). Fdo.: Dra. María José Diz -Jueza-".
Colón, Entre Ríos, 15 de octubre de 2019
Carina E. Bazzana - Secretaria Interina