Lo que se trata en el Congreso
En noviembre del 2017 un proyecto de ley que busca que el acoso sexual callejero tenga multas de hasta 25 mil pesos, logró dictamen en la comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados.
La iniciativa busca considerar al acoso sexual callejero como un crimen contra la integridad sexual en el Código Penal. En consecuencia, establece multas de entre 3 mil y 25 mil pesos para quienes se comporten de esa manera en la vía pública.
El proyecto, que unifica las iniciativas de las diputadas Olga Rista, Victoria Donda y Gabriela Troiano, dispone esa multa para quien realizara acciones con connotación sexual "a través de gestos y/o en forma verbal".
Estas acciones incluyen las realizadas por una o más personas "basadas en el género, identidad y/u orientación sexual" que tengan lugar en espacios públicos y que de alguna manera afecten a quienes la reciban y generen "intimidación, hostilidad, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo".
En caso de que las personas afectadas fueran menores de 18 años, la multa será de 5.000 a 25.000 pesos. Además, la iniciativa establece que el dinero recaudado será destinado al Instituto Nacional de las Mujeres para el fortalecimiento de políticas públicas de prevención.
¿Cuáles son los antecedentes legislativos?
En diciembre de 2016, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció un marco normativo que define qué es el coso callejero, qué tipo de delito, características y multas.
En el artículo 5° establece la incorporación del acoso callejero al Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: "Quien acosare sexualmente a otro, en lugares públicos o privados de acceso público, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con dos (2) a diez (10) días de trabajo de utilidad pública, multa de doscientos ($ 200) a un mil ($ 1.000) pesos".