A los efectos de instrumentar la inclusión de estos topes de consumos en los segmentos definidos, “cada Agente Distribuidor deberá categorizar a los usuarios y usuarias en base a los criterios establecidos en dicha medida”, acota, en esa línea, el artículo 1º. Así, el EPRE deja de lado la resolución del gobierno nacional que establecía que las nuevas condiciones debían implementarse retroactivamente a partir del 1º de septiembre y posterga la vigencia a partir del primer día del próximo mes.
La medida queda oficializada con la publicación de la Resolución Nº 166, fechada este viernes 16 de septiembre, con la firma del interventor del ente provincial, José Carlos Halle.