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La Justicia obligó al Estado a dar marcha atrás con sanciones aplicadas a dos enfermeras del Centro de Salud Pagani, de Paraná, a quienes las suspendió en el cargo sin cobro de su sueldo mientras se sustancia un sumario en las que se las acusa de la sustracción de dosis de vacunas antigripales.

Dos resoluciones de la Cámara en lo Contencioso Administrativo dispusieron dejar sin efecto la suspensión de las dos enfermeras y obligaron al Ministerio de Salud a reincorporarlas. En la tramitación de la medida cautelar, presentada en forma separada por las enfermeras María Liliana Inés Santagate y Marcela Ángela Guadalupe Villalba, el propio fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, admitió en la Justicia que el Ministerio de Salud aplicó de forma «errónea» la suspensión antes de que concluya el sumario.

En la causa caratulada “Santagate María Liliana Inés c/Esado Provincial s/Incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa» la enfermera promovió medida cautelar por la que propició la suspensión de la ejecución de la decisión administrativa con el fin que se detengan los efectos del decreto Nº 2.138, de fecha 05/08/2021, dictado por el señor Gobernador de la Provincia, particularmente en lo que refiere al punto 2º que dispuso su suspensión preventiva del servicio sin goce de haberes”.

Idéntica petición se hizo en la causa “Villalba Marela Ángela Guadalupe c/Estado provincial s/Incidente de suspensión de la ejecución de decisión administrativa”.

El Ministerio de Salud ordenó la realización de un sumario en el Centro de Salud Pagani luego de que se detectara una serie de situaciones irregulares: dos enfermeras, con licencia especial por ser personal de riesgo por la pandemia de coronavirus, se hicieron presentes y retiraron, sin que se haya podido determinar con autorización de quién, partidas de vacunas antigripales, vacunas contra el virus del papiloma humano (VPH) y elementos descartables.

El caso se develó tras un informe del servicio de enfermería del Centro de Salud que recibió su director, Gastón Sors, que advirtió “que faltan 20 dosis de vacunas antigripales para adultos. Realizando los interrogatorios a los diferentes agentes del servicio me informan que las enfermeras Liliana Santagate (…) y Marcela Villalba (…) las dos trabajan en el Centro de Atención Primaria de la Salud, habían ido a retirar vacunas para colocar a diferentes personas de su grupo familiar; ambas enfermeras están con licencia especial por ser personal de riesgo desde el inicio de la pandemia”, según recoge el decreto N° 2.138 del Ministerio de Salud, publicado este jueves 14 en el Boletín Oficial.

En ese marco, Salud dispuso, “a fin de evitar que pueda producirse un entorpecimiento de la investigación en sede administrativa” la “suspensión preventiva del servicio sin goce de haberes de las agentes en cuestión y hasta tanto se sustancie y resuelva el Sumario Administrativo y/o hasta que de las resultas de la investigación penal surjan elementos que ameriten dejar sin efecto la medida tomada”.

La decisión oficial de suspender a las dos enfermeras mientras avanza el sumario y privarlas de sus salarios motivó acciones en la Justicia. En la tramitación de los planteos de las dos enfermeras, la Fiscalía de Estado reconoció que se actuó de forma errónea. Al respecto, el informe del fiscal Julio Rodríguez Signes consideró que “la suspensión preventiva del servicio sin goce de haberes dispuesta (…) fue erróneamente encuadrada en el artículo 68, última parte, de la Ley Nº 9755 y su modificatoria Nº 9811, toda vez que dicha norma contempla la suspensión del servicio sin goce de sueldo como sanción frente a una falta cometida y debidamente acreditada, pero no como una medida preventiva tendiente a evitar las consecuencias gravosas que podría ocasionar el mantenimiento del agente sumariado en el ejercicio de sus funciones”.

El abogado Federico Fenés, que representó a una de las dos enfermeras, dijo al medio Entre Ríos Ahora: “Lo que acá tenemos es que nuevamente agentes estatales que son investigados por una supuesta falta administrativa, que no está comprobada, no está corroborada, son suspendidas en su función y se les impide seguir cobrando su salario. El sumario recién está dispuesto. El sumario será el ámbito idóneo para dilucidar esta cuestión. Eso no se objeta, porque está bien que el Estado lo disponga si tiene dudas o pone en tela de juicio el desempeño de cualquier empleado público. Pero en lo que hay que poner énfasis es en que lo que no puede hacer, por más grave que sea el hecho a investigar o por más que digan o escriban lo que escriban, es que el Estado no puede seguir haciendo lo que hace: suspender a agentes que son objeto de sumario sin prestar tareas y sin sueldo”.

-¿Qué pasó con el caso de las dos enfermeras del Centro de Salud Pagani?

-Bueno, nosotros, en el convencimiento de que la suspensión en sus tareas y el no pago de sus salarios es una medida ilegal, fuimos a la Justicia con medidas cautelares, y hemos logrado fallos favorables que ordenan suspender esta medida de disposición del Estado en cuanto suspende la prestación de tareas y el pago de salarios. La Justicia le ordena al Estado reincorporar a estas agentes, con prestación de tareas y el pago íntegro de sueldos.

-El fallo no interviene en el sumario, sólo alcanza a la decisión de suspender a las trabajadoras y no pagarles el salario mientras se investiga. ¿Es así?

-Exactamente. El sumario seguirá su vía administrativa y en ese ámbito las defenderemos con todas las de la ley. Pero lo que tiene que quedar claro es que ningún empleado público puede ser objeto de estas medidas, que van contra el Derecho.

-La ley que regula los sumarios administrativos, ¿prevé la aplicación de estas medidas anticipatorias de sanciones?

-No. Lo único que prevé, lo único que puede hacer el Estado, es trasladar a los agentes de su lugar de trabajo, pero dentro del radio de su domicilio y como una medida preventiva. Pero jamás suspenderlos anticipadamente, y sin sueldo. Eso sería un anticipo de sanción.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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