Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
El exdirector de Obras Sanitarias de Entre Ríos, Hugo Héctor Righelato, quien cumple una condena por delitos contra la Administración Pública, inició el trámite para acceder a su jubilación ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos.

Cabe recordar que Righelato fue condenado porque afectó bienes públicos a la actividad privada mediante una maniobra en la que participaban tres empresas de su círculo: Azul SRL, de su propiedad; Tecnogeo SA y Ecocien SA, a nombre de un amigo personal. Las tres eran contratistas de Obras Sanitarias.

El exfuncionario fue noticia luego de que se conociera que, pese a estar condenado, continuaba percibiendo un salario como empleado de planta del Ministerio de Planeamiento e Infraestructura.
Juicio abreviado
El exfuncionario cumple una condena luego de que, en el marco de un juicio abreviado, admitió haber cometido delitos contra la Administración Pública. Righelato aceptó la calificación legal hecha por el Ministerio Público Fiscal y la pena impuesta de tres años de cárcel de cumplimiento efectivo.

El acuerdo de juicio abreviado con el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull consiste en pasar tres años de prisión efectiva –aunque serán menos–, pagar una multa de 10 mil dólares, entregar a la Provincia dos propiedades que fueron producto del ilícito; más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Los delitos por los que fue condenado son peculado, negociaciones incompatibles con la función pública y fraude en perjuicio de la Administración Pública.

Una de las propiedades que pasará al Estado provincial está ubicada en calle Laprida Nº 1101. La misma fue comprada a nombre de la firma Azul SRL, perteneciente a Righelato y su excónguye Haydee Analía Varela. La segunda propiedad que será decomisada está ubicada en calle Bravard Nº 266 y fue construida con los recursos producidos por la empresa a costa del Estado Provincial. Esta última es donde actualmente vive el exfuncionario de 61 años.
Siguió cobrando
El extitular de OSER volvió a ser noticia la semana pasada cuando se conoció que continuaba percibiendo un salario de más de $54.000 pesos, pero con los descuentos quedaba en unos $30.000 pesos, como empleado de planta del Ministerio de Planeamiento e Infraestructura.

Tras ello, se inició una investigación sumaria para establecer cómo fue que se le pagó indebidamente un sueldo, siendo que el 20 de abril de 2018 fue condenado a tres años de prisión efectiva más inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos por los delitos de peculado de bienes y servicios, negociaciones incompatibles con la función pública y administración fraudulenta.
Inició el trámite de jubilación
Hace por lo menos 20 días, Righelato se presentó ante la Caja de Jubilaciones para que se le otorgue el beneficio previsional, según informó el titular del organismo, Daniel Elías.

Elías explicó que ahora la Caja debe analizar si el exfuncionario cumple con los requisitos de la Ley 8.732, del Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal provincial.

“Lo que dice la ley es que no le podemos pagar a alguien que esté condenado. Lo que no condiciona es el beneficio jubilatorio. El beneficio es un derecho que le asiste al extrabajador, al condenado o no, que tiene requisitos autónomos de edad y aportes y que nace solo con el cumplimiento de esos requisitos independientemente de la situación civil o penal”, sostuvo.

En ese sentido, destacó que “si Righelato cumple los 30 años de aportes y tiene la edad jubilatoria o la cumple dentro de los cinco años posteriores al cese, nosotros liquidaremos. Tendríamos que verificar si está inhibido en sus bienes. Si no es así, se lo liquidaremos en una cuenta. De lo contrario, si está inhibido, se lo liquidaremos a favor de alguien que tenga legitimación para percibirlo”.

El titular de la Caja de Jubilaciones aseguró que pudo observar el expediente de Righelato y que, de momento, se deberá aclarar el asunto por haber percibido su sueldo pese a haber estado exonerado de la Administración Pública, mediante el decreto Nº 2762 de 2018.

“Estaba percibiendo el haber pero tenía un decreto de suspensión. Antes que nada tenemos que aclarar cuál es la situación de revista, antes de computar. Si se revocan esos pagos y se persigue el recupero, ese tiempo –que percibió el haber indebidamente- sería servicio sin aportes. Entonces, antes de avanzar con el cómputo debemos aclarar esa situación”, explicó.
Fuente: Entre Ríos Ahora

Enviá tu comentario