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El gobierno nacional anunció este lunes el envío al Congreso de un proyecto de ley para reformar el Consejo de la Magistratura, organismo que selecciona a los jueces nacionales y federales. La propuesta oficial es modificar la cantidad de miembros que lo integran, pasando de 13 a 17, dándole más lugar a los magistrados y representantes del sector académico.

Los jueces tendrán este martes una reunión con el ministro de Justicia, Martín Soria, su primera reunión desde que asumió el cargo en el Poder Ejecutivo. En el cuarto piso, en el Salón de los Embajadores, los magistrados escucharán al funcionario nacional y se esperaba un detalle del anuncio que hizo este lunes la portavoz Gabriela Cerruti en la Casa Rosada.

El proyecto llegará al Parlamento -ingresará por el Senado- un día antes de que juren los nuevos diputados y tres antes de que cambie la conformación de la Cámara alta, donde el peronismo, luego de 38 años, no tendrá la mayoría. Fue elaborado bajo la supervisión de la secretaria de Legal y Técnica de la Nación, Vilma Ibarra, el ministro y viceministro de Justicia, Martín Soria y Juan Martín Mena, el representante del gobierno en el Consejo, Gerónimo Ustarroz, y el jefe de Asesores de la Presidencia, Juan Manuel Olmos.

El texto argumenta la posibilidad de ampliar los miembros del cuerpo con el artículo 114 de la Constitución Nacional, que no precisa el número de los representantes y que desde la reforma de 1994 se sancionaron tres leyes que “establecieron de manera diferente la integración y, por consiguiente, la representación de los estamentos que en él confluyen”.

Lo que propone el proyecto del Ejecutivo es que el Consejo esté integrado por cuatro (4) jueces del Poder Judicial, seis (6) legisladores o representantes del Poder Legislativo, cuatro (4) representantes de los abogados de la matrícula federal, un (1) representante del Poder Ejecutivo y dos (2) representantes del ámbito académico y científico. “Para la elección de dicha estructura, se consideró que los estamentos que deben ser representados en el Consejo de la Magistratura son, de un lado, el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. Del otro, corresponde enumerar a los Jueces de todas las instancias, los/las abogados/as de la matrícula federal y las personalidades del ámbito académico y científico”, explicaron.

Y agregaron: “Se meritó que tal como se halla redactado el precepto constitucional sujeto a la presente reglamentación, es plausible entender que la pauta de equilibrio entre las representaciones allí dispuestas no significa que todos los estamentos deban aportar igual número de miembros en la constitución del Consejo de la Magistratura”.

“En definitiva, la integración del Consejo de la Magistratura, que por aquí se insta, toma en cuenta que los órganos políticos deben tener la representación suficiente para incidir en la toma de decisiones y en el diseño de la política judicial, sin que ello vaya en desmedro de lo que la propia Constitución nacional establece, en cuanto a que se trata de un órgano colegiado plurisectorial cuyos estamentos deben estar representados en forma equilibrada, de modo que todas las voces confluyan en el debate”, completa el texto enviado por el Gobierno.

Además, resalta que se incluyó la paridad de género, ya que actualmente de los 13 integrantes solamente 4 son mujeres: “La inclusión de dicha pauta se inscribe como una medida de acción afirmativa de cumplimiento de los mandatos convencionales y de orden interno que exigen asegurar a las mujeres el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a los cargos más altos del Poder Judicial”.

“Con dichos fundamentos, se incorpora en el artículo 2° la paridad de género en la composición de todos los estamentos, a excepción del que corresponde a la representación del Poder Ejecutivo en tanto está integrado por una (1) sola persona. Así, se halla asegurado que el máximo órgano del Consejo de la Magistratura se integre con, al menos, ocho (8) mujeres de un total de diecisiete (17)”, sostiene el texto firmado por Juan Martín Mena, secretario de Justicia.

El artículo 2 del proyecto se refiere a la duración de los mandatos. Allí se establece que cada consejero durará cuatro años en su cargo y que podrá ser reelegido una sola vez en forma consecutiva. Además, marca que todos los que sean elegidos por su calidad de jueces/zas, legisladores/as, abogados/as y académicos/as, “cesarán en sus cargos si se alterasen las calidades en función de las cuales fueron seleccionados/as, en cuyo caso deberán ser reemplazados/as por sus suplentes o por los/las nuevos/as representantes que designen los cuerpos que los/las eligieron para completar el mandato respectivo”.

En el artículo 4 se deja asentado que los integrantes del cuerpo “no podrán registrar condenas penales por delitos dolosos dictadas en los últimos veinte años” y que “no podrán ser consejeros/as las personas que hubieran desempeñado cargo o función pública jerárquica durante la última dictadura cívico-militar o respecto de quienes se verifiquen condiciones éticas opuestas al respeto por los derechos humanos”.
Fuente: Infobae

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