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El Juez Ríos concedió el recurso de apelación "al solo efecto devolutivo" y sin suspender lo ya resuelto, en respuesta a la presentación efectuado por el apoderado legal de la lista 311 “Concordia lo siente”, que llevaba a Angel Giano como candidato a intendente, con relación a la resolución del 19 de agosto de 2023, en la que se dio por nula la mesa de votación número 2818. La concesión del recurso de apelación sin efecto suspensivo hace que siga vigente lo ya dispuesto por Ríos, aunque habilita a que la Cámara Nacional Electoral sea la instancia judicial encargada de tomar la decisión definitiva sobre la nulidad de esa mesa electoral. “Estamos a la espera del resultado final de los comicios que aún se desconoce, hasta ahora desde el sábado rectificaron un voto del escrutinio definitivo, quedando una diferencia de solo 22” expresó Diego Lascurain, apoderado de la lista 311.

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“La mesa electoral número 2818, ha estado en el centro de atención durante el escrutinio definitivo que tuvo lugar el 17 y 18 de agosto próximos pasados. A raíz de supuestas irregularidades en el procedimiento de registro de los sufragios, el Juez Ríos dictaminó la nulidad de los resultados sobre dicha urna, decisión que generó debate entre las fuerzas políticas involucradas y sus seguidores ya que no se estaría priorizando la voluntad de los/as votantes”, señalaron desde el espacio de Giano.

Desde el sector de Giano consideraron que “el resultado de esta apelación es clave para determinar el panorama político en Concordia. La ciudadanía y los actores políticos se mantienen a la expectativa de la decisión que tome la Cámara Nacional Electoral sobre abrir o no la urna, ya que podría tener un impacto duradero en la percepción de la legitimidad de los resultados, teniendo en cuenta que en todas las urnas que se abrieron existían diferencias con el escrutinio provisorio, en una de ellas de más de 40 votos”, concluyeron.

No obstante, al ser un recurso de apelación "al solo efecto devolutivo", queda claro que el juez lo concede pero no suspende lo ya resuelto. Por lo que sigue vigente la anulación de la Mesa 2818 y por tanto el triunfo de Armando Gay. Por último, la Cámara Nacional Electoral, en principio, no tiene plazo para expedirse.
Fuente: El Entre Ríos - Prensa Giano.

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