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La firma tendrá a su cargo la actualización del servicio para la integración digital de los edificios cabeceras de todas las jurisdicciones. Será durante 24 meses, conforme lo previsto en los pliegos de condiciones de la Licitación Pública Nº 02/19, que tuvo a la empresa como única oferente.

Por su tarea, la contratista recibirá 18.948.600 pesos, discriminados de la siguiente manera: 8.421.600 pesos durante el primer año (a razón de 701.800 pesos mensuales) y 10.527.000 pesos por la segunda temporada (877.250 pesos mensuales). Los montos corresponden a la cotización básica presentada por la telefónica, que también formuló una alternativa.

La Comisión de Licitaciones del Superior Tribunal de Justicia sugirió la adjudicación “por ser el menor precio de las ofertas válidas presentadas por la firma Telecom Argentina SA, que se ajustan en calidad, características técnicas, funcionalidades y demás características a lo requerido”. Y también señaló que se trata de un “precio acorde a los valores actuales del mercado”.

Su dictamen estuvo precedido por las intervenciones de la Oficina de Compras y Asesoramiento del alto cuerpo, que evaluó las cotizaciones, y del Área de Informática, que efectuó un análisis técnico. Por su parte, la Contaduría General se expidió sobre la disponibilidad de fondos para atender la erogación que demanda el servicio.

La contratación fue dispuesta a través de la Resolución del Tribunal de Superintendencia Nº 147/19, fechada el 28 de junio pasado. La suscribieron el presidente del Superior Tribunal, Emilio Castrillon, y los presidentes de las diferentes salas: Miguel Giorgio (Nº 1, de Procedimientos Constitucionales y Penal, en reemplazo de Daniel Carubia), Martín Carbonell (Nº 2, en lo Civil y Comercial) y Susana Medina (Nº 3, del Trabajo).

Tras la emisión de la Orden de Compra Nº 269/19, Telecom Argentina SA dispondrá de 120 días para brindar la conectividad bajo la modalidad de un sistema llave en mano. Además, deberá garantizar soporte técnico las 24 horas durante los 365 días del año, pudiendo efectuarse una prórroga del contrato de común acuerdo entre las partes.
Fuente: SIC - STJER

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