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Carlos Iván Caminos fue el primer condenado por un juzgado popular en Entre Ríos, a 22 años y seis meses de prisión. En octubre de este año, anularon la sentencia y ahora le impusieron una menor. El 13 de noviembre de 2020, un juzgado popular encontró culpable al imputado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en el crimen de Milton Luna, ocurrido el 25 de abril de ese año.

Se trataba del primer veredicto de culpabilidad dictado en un proceso de juicio por jurado popular que se llevó a cabo en Entre Ríos.

En tanto, el 25 de noviembre de 2020, el juez técnico, Pablo Vírgala, resolvió imponerle la pena de 22 años y 6 meses de prisión efectiva. Luego que se le impusiera la condena, Caminos se fugó hasta ser hallado en Paraná, más de un mes después de la sentencia. Fue detenido el 16 de diciembre de 2020, cuando se encontraba oculto en la Villa 351 de la capital entrerriana.

En tanto, en mes de octubre pasado, se dio a conocer que la Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por las vocales Marcela Badano; Marcela Davite y el vocal Gustavo Pimentel, resolvió anular la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2020 en la causa, emanada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná.

Además, la Cámara de Casación Penal de Paraná ordenó reenviar la causa a origen a los fines de que un Tribunal debidamente integrado reedite los actos pertinentes y se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a Derecho.

Finalmente, este lunes por la mañana se realizó la nueva audiencia de cesura que había ordenado la cámara de casación, tras la declaración de nulidad que dictó la cámara de casación penal de Paraná.

Este lunes, en función de ese fallo de casación, se realizó la nueva audiencia y las partes; los fiscales Juan Malvasio y Santiago Brugo con el defensor Javier Aiani, acordaron 18 años de prisión. El juez de garantías, Walter Carballo, pasó a deliberar y en el plazo que dicta la ley va a dar a conocer su veredicto.
Fuente: El Diario

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