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Con la publicación en el Boletín Oficial, el gobierno nacional formalizó los nuevos requisitos que deberán cumplir quienes ingresen a la República Argentina, en esta nueva fase de restricciones establecidas a raíz de la pandemia de Covid-19.

Una resolución conjunta emitida por el Ministerio de Salud de la Nación y la Dirección Nacional de Migraciones establece que “están autorizados a ingresar al país los ciudadanos de países limítrofes o residentes en ellos que viajen por turismo a la región del AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires) y que no requieran de un visado consular por su nacionalidad”, a partir de las 00.01 del sábado.

Entre los puntos habilitados, figura el paso fronterizo Fray Bentos - Gualeguaychú en Entre Ríos, a través del puente internacional “San Martín”. La lista se completa con los aeropuertos internacionales “Ministro Pistarini” y “San Fernando”, el puerto de Buenos Aires y los siguientes pasos terrestres: Paso de los Libres - Uruguayana (Corrientes), Sistema Cristo Redentor (Mendoza) y San Sebastián (Tierra del Fuego).

A ese grupo también se suman “extranjeros autorizados por la mencionada dirección para desarrollar actividad laboral o comercial, cumplir con una misión oficial diplomática, participar de eventos deportivos que cumplan los protocolos específicos, reunificación familiar con argentinos residentes que requieren visado y extranjeros declarados en tránsito con una permanencia en el aeropuerto internacional menor a 24 horas”, según detallaron.

También se encuentran contemplados en la nueva normativa “ciudadanos nacionales y residentes en la República Argentina, cualquiera sea su lugar de procedencia”.

Finalmente, “tienen permitido el ingreso los transportistas o tripulantes de cualquier país en ejercicio de su actividad”.
Qué requisitos deberán cumplir
En todos los lugares se deberá acreditar ante la aerolínea o el paso fronterizo internacional correspondiente “el certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino; copia del documento nacional argentino del familiar a quien precisa visitar; la reserva de pasajes; y se deberá presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio la nota de solicitud donde se explique la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida”.

Además, todos los viajeros deberán presentar una declaración jurada electrónica para iniciar su viaje al territorio nacional, hasta 48 horas antes del inicio del viaje si lo hacen por sus propios medios o de su embarque si viajan en un transporte internacional de pasajeros.
Con PCR negativo
También deberán cumplir con la toma de muestra de la prueba de diagnóstico de PCR al menos 72 horas previas al viaje internacional con resultado negativo para Covid y adjuntarla a la declaración jurada (PCR negativa aplica como condición de viaje, cualquiera sea la edad del viajero).

En el caso de la prueba de PCR quedan exceptuados “transportistas y tripulantes y los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales”, como así también “quienes hayan tenido la enfermedad en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, acreditando los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico”.
Sin PCR, aislamiento
En el caso de que argentinos o extranjeros residentes en el país que pretendan ingresar por un paso fronterizo terrestre y opten expresamente por no presentar PCR, “deberán cumplir el aislamiento de 14 días que no es requisito para los que sí se realicen el testeo”.

Además, “se sugiere que estas personas ingresen por un medio de transporte que no sea colectivo y la jurisdicción de destino verificará el cumplimiento del aislamiento señalado.

En los ingresos por vía aérea o marítima “no será posible optar por esta posibilidad, debido al mayor riesgo de contagio existente en estos medios de transporte”, aclararon.
Fuente: Ministerio de Salud de la Nación

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