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El Colegio de Abogados de Entre Ríos presentó una acción en contra del Acuerdo Plenario Nº 1 del Superior Tribunal de Justicia, por el cual se violaría el piso de honorarios profesionales establecidos por la ley provincial 10.377.

En el escrito, que fue acompañado por todas las seccionales del colegio y los expresidentes de la institución, se denuncia una “violación de la división de poderes” que rige en Entre Ríos.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada con la firma de las autoridades del Colegio de Abogados y del abogado patrocinante, René Bonfils.
Los fundamentos del colegio
“Los honorarios mínimos son fijados por el decreto ley 7.046, ratificado por ley 7.503, debiendo conjugarse con lo normado por la ley 10.377, estableciendo para todos los procesos montos mínimos en cuanto el legislador ha entendido que la tarea del abogado en los distintos procesos tiene una entidad e importancia que merece esa retribución mínima”.

A su vez, mencionaron “la plena vigencia de la ley 10.377, que determinó el orden público de los honorarios profesionales, con la correspondiente implicancia de dicho instituto, lo que garantiza la intangibilidad del carácter alimentario de los honorarios en el ejercicio de la profesión”.

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La impugnación se fundamenta concretamente en “la violación, por el Superior Tribunal de Justicia, al resolver como lo hizo en el acuerdo Nº 1 de normas de la Constitución provincial, que hacen a la independencia de poderes y la competencia de ellos, todo ello vinculado esencialmente con el sistema republicano de gobierno que asegura la carta magna local”.

Además, los letrados aseguraron que “es necesario abordar la posición sostenida por los vocales del alto cuerpo judicial que votaron por establecer ‘doctrina obligatoria’, basados en el artículo 1.255 del Código Civil y Comercial de la Nación”. Ese artículo, a entender del colegio, “se encuentra tácitamente derogado al sancionarse la ley de honorarios profesionales para la justicia nacional, pero para el hipotético supuesto que se entendiera que la norma se encuentra vigente, la misma se ha aplicado erróneamente”.

También recordaron que, el lunes siguiente a la acordada, “el Colegio de Abogados presentó una nota al Superior Tribunal de Justicia, en la que se peticionaba por el respeto al orden público y ‘categóricamente’ se denunciaba que el artículo 1.255 del Código Civil y Comercial ha sido tácitamente derogado por el Congreso de la Nación para las regulaciones judiciales de honorarios de los abogados”. Luego, “una asamblea provincial, con representantes de todos los departamentos, se expresó a favor de la presentación judicial del día de hoy”.
Fuente: Prensa Colegio de Abogados de Entre Ríos

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