La norma también establece el uso obligatorio de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero (menores de 2 años no deben usarlo), sin alejarse más de 400 metros de su domicilio, con la modalidad a la vuelta de su manzana o radio de su vivienda, del barrio al que pertenezca, con una duración máxima de 60 minutos.
El horario fijado para estas caminatas es de 13 a 17. Además, el decreto contempla la ampliación del límite horario a los comercios vinculados al rubro alimenticio y farmacias, hasta las 20.30.