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Horas antes y con los votos oficialistas, del socialista Lisandro Viale, y el moyanista Antonio Alizegui, y con la ausencia del bloque radical y el voto negativo de la diputada socialista María Emma Bargagna y del EAE, Enrique Fontanetto, Diputados había dado dio media sanción al proyecto de ley que reforma, otra vez, y en pleno proceso electoral, la ley 9659, conocida como Ley Castrillón. A la ausencia del bloque radical se sumó la de Claudia Monjo de la renovación y la del socialista Pablo Mendoza que, como otros, podría verse directamente afectado por el cambio a la ley que ya cuestionó la oposición.

Los cambios, se introducen en el artículo séptimo para evitar, por norma, el pegado de las fuerzas políticas que no hayan constituido un frente para disputar las primarias. La iniciativa, que surge en medio de un profundo hermetismo por el armado electoral de cada sector, fue repudiada en el recinto por militantes de la renovación que aseguraron que el voto afirmativo a la propuesta es una “traición a los entrerrianos”.

“Completa el sentido que tienen las PASO que vamos a estrenar en Entre Ríos”, dijo Rosario Romero al fundamentar el texto del que afirmó que “es sólo una exigencia para el caso de los partidos que no tengan alianzas preconstituídas”, para las primarias minimizando así el impacto de la decisión en el armado electoral actual como el hecho de que su aplicación sea retroactiva y que se resuelva en medio de un proceso electoral que arrancó con otras reglas.La diputada también se apoyó en jurispridencia de la Justicia Electoral aunque no escogió para el caso el histórico fallo para el doble pegado de Atilio Benedetti con Alfonsín y Binner.

“Lo que hoy pretendemos es establecer los límites de todas las posbilidades que hemos dado. Y, entendemos que no es tardía esta decisión”, dijo al justificar que los cambios se aprueben sobre la marcha y dejó en la voluntad de los electores “todas las combinaciones posibles”, propuso en elíptica alusión al corte de boletas.

La sesión exprés estuvo acompañada por una barra que desde los palcos acusó a los diputados de “traidores” y los juzgó con dureza por la decisión de modificar la ley. A los duros epítetos, respondió la diputada Estela Almirón: “Les matan el hambre y ahora vienen a gritar”, soltó mientras abandonaban el recinto rápidamente.

De qué se trata la nueva reforma
El proyecto, al que accedió RecintoNet, propone sumar este párrafo al proyecto que rige actualmente: “En la elección general, una agrupación no puede postular candidatos distintos para el mismo cargo. No se podrán adherir boletas de distintos partidos sin que exista alianza preconstituida a las elecciones primarias. La circunstancia que no exista alianza entre dos o más agrupaciones políticas excluye la posibilidad de vincularlas materialmente en la confección de las respectivas boletas de sufragio”, dice y agrega: “en el ámbito de la provincia de Entre Ríos, las listas de candidatos que participarán en la elección general serán las emergentes de la elección primaria, abierta, simultánea y obligatoria. No se admitirán alianzas posteriores ni anexiones de candidatos en las boletas respectivas que no surjan de la expresa voluntad de los sufragantes en la elección primaria. La boleta que se oficializará en las elecciones generales será la que haya resultado ganadora en la elección primaria, abierta, obligatoria y simultánea”.

En sus fundamentos, la nueva reforma afirma que “las elecciones internas primarias están anudadas al régimen general resultando aquellas ser un primer eslabón o umbral para acceder a la siguiente etapa. Así, la adopción del sistema de primaria abierta es una verdadera elección preliminar” aseguran al tiempo que advierten que “la pretensión de presentarse a los comicios generales adhiriendo boletas a candidaturas de fórmulas diferentes a las que concurrieron a las elecciones primarias es improcedente en tanto y en cuanto el vínculo jurídico debe ser preexistente y manifestado al momento de oficializar las listas antes de la elección primaria”.

Y, luego, añade: “la boleta que se oficializará en las elecciones generales será la que haya resultado ganadora en la elección primaria, abierta, obligatoria y simultánea. El vínculo jurídico se debe acreditar en la etapa previa a la primaria y tratándose de partidos distintos, consiste en la conformación de alianzas o frentes electorales” y cierra: “Debe prohibirse y condenarse la presencia de estrategias de carácter político cuyo objeto no es otro que captar voluntades electorales que materializadas a través de un voto pretendidamente selectivo, no reconocen otra finalidad que la suma de voluntades mediante un efecto de arrastre que se facilitaría de permitirse uniones de boletas sin vínculo material, jurídico e institucional, produciéndose una inaceptable y antidemocrática confusión del electorado, que desvirtuaría definitivamente la originaria voluntad y auténtica expresión del votante por el efecto del arrastre no deseado ni vota en la primaria y ante la posible inadvertencia de la real situación electoral producida por la múltiple y repetida oferta electoral”.
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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