Atención

Esta imágen puede herir
su sensibilidad

Ver foto

Compartir imagen

Agrandar imagen
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) nominó a las firmas Mercado Libre SRL y Compañía de Medios Digitales SA, como agentes de retención del Impuesto a los Ingresos Brutos de todas las operaciones que se realicen en el comercio electrónico, y que hasta el momento, no eran alcanzadas por ningún tipo de tributación en la provincia.

Los que sí y los que no

La medida alcanza a las firmas que prestan servicios de gestión de pagos y cobros mediante plataformas de comercio electrónico en línea, e incluirá, según la reglamentación, a cuatro grupos:
1) los contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos inscriptos en la provincia;
2) los contibuyentes del Convenio Multilateral;
3) los sujetos inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como contribuyentes directos en otra jurisdicción o contribuyentes de Convenio Multilateral sin alta en la provincia respecto de las operaciones que efectúen con un comprador con domicilio real o legal en Entre Ríos, sin tener en cuenta la cantidad y monto de las operaciones;
4) los sujetos que no acrediten su condiciones frente al Impuesto o el carácter de no alcanzado o exento y realicen operaciones habituales, entendiéndose por tales aquellas que en el transcurso de un mes reúne las siguientes condiciones: que el comprador o titular de la tarjeta de crédito tenga domicilio real en la provincia, que la cantidad de operaciones resulte sea superior a tres en forma mensual y que el monto sea por encima de los $3.000.

Esa retención no se aplicará en compras por mercado electrónico cuando el comprador esté exento de Ingresos Brutos; cuando esté incluido en el régimen simplificado; en el caso de las industrias radicadas en la provincia; o cuando se trate de adquisición de casas que revistan carácter de bienes de uso, según establece la resolución N° 351, del 12 del actual dictada por la ATER.

Otras provincias

El pago de Ingresos Brutos sobre el comercio electrónico es una práctica que ya implementaron otras provincias, con suerte diferente. En Misiones, derivó en el corte de envíos por parte de Mercado Libre.

En Mendoza, la medida comenzó a aplicarse a mediados de 2015. Allí, la Administración Tributaria Mendoza (ATM) dispuso retener el impuesto (vía Mercado Pago) a los usuarios o empresas de e-commerce que realicen transacciones en la provincia. Los que no están inscriptos en AFIP y operen por más de $10.000 también pagan.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

Enviá tu comentario