A través de la resolución 470, las instituciones privadas podrán aplicar a Progresar con la condición que reúnan los siguientes requisitos: emitir títulos oficiales, brindar un servicio gratuito u otorgar becas a sus alumnas y alumnos o subvencionados de manera que la cuota o contribución voluntaria a abonar no supere el monto anual equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, y que se encuentren en una zona donde no exista oferta equivalente en las instituciones educativas de gestión estatal.
Además, con el fin de mantener la equidad en sus políticas, la cartera educativa mantiene la extensión del período de inscripción al Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos, acompañando las medidas dispuestas por Gobierno nacional en el marco de la pandemia por el COVÏD-19. De esta forma, se prorrogó la inscripción a las becas Progresar para la línea de Finalización de Educación Obligatoria -primaria y secundaria- hasta 30 días posteriores al aislamiento social, preventivo y obligatorio. La inscripción se puede hacer de manera online desde la web: https://becasprogresar.educacion.gob.ar/