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El juez de Garantías Mauricio Mayer refrendó el acuerdo de juicio abreviado entre la Fiscalía y el Ministerio Público de la Defensa, y condenó a un exfuncionario del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) en un caso de abuso sexual simple ocurrido dentro de las instalaciones del organismo encargado de tutelar a la niñez y adolescencia.

El caso involucra a un exfuncionario Copnaf, Rubén Retamar. En ese acuerdo de juicio abrevado, Retamar reconoció que abusó de una niña que asistía al organismo. La menor, al cumplir su horario escolar, acudía al lugar de trabajo de su madre, y la esperaba a que concluyera su turno. En esa situación fue que Retamar abusó de la menor.

El acuerdo al que llegaron el fiscal Mariano Budasoff y la defensora oficial Mariana Montefiori, que representa a Retamar, establece una pena de ocho meses de prisión condicional para el exfuncionario del Copnaf y la obligación de observar normas de conducta por el plazo de dos años, entre las que se encuentra que deberá realizar tareas comunitarias no remuneradas en una institución a determinar, o cursos de capacitación, por 144 horas totales.

“El juez no podía rechazar el acuerdo de juicio abreviado. El artículo 481 del Código Procesal Penal sólo lo autoriza a rechazarlo cuando no esté de acuerdo con la calificación legal o cuando requiera mayores conocimientos del hecho. Ninguno de esos requisitos se daba para el rechazo”, contó el fiscal Budasoff.

Budasoff había explicado que el caso fue elevado a juicio, pero en la audiencia de remisión, ante el juez Mayer, la defensora de Retamar, Mariana Montefiori, planteó que antes de avanzar en esa instancia se debía someter a la víctima denunciante a pericias psiquiátricas para descartar algún rasgo de mendacidad o para determinar que no estuviese influenciada por mayores.

Los hechos ocurrieron entre 2010 y 2014, y el caso fue caratulado como “abuso sexual simple”. La causa se tramitó durante todo este tiempo en Tribunales y en el ínterin el principal sindicado por el delito se jubiló en el Copnaf. El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que el acuerdo de juicio abreviado responde a una petición de la víctima, con conocimiento de su madre. “La víctima quería cerrar esta etapa”, resaltó.
La Justicia llevó a juicio la causa con dos casos de tocamientos, y por eso fue caratulada como abuso sexual simple. La menor acudía al Copnaf después de terminar su horario escolar y esperaba a que la madre cumpliera su turno. En esa situación ocurrieron los abusos.

La petición de la defensora Montefiori, explicó el fiscal, de someter a la menor a pericias chocó con la negativa de la víctima de atravesar esa etapa de estudios psicológicos porque entendió que eso la revictimizaba, según dijo. “En la primera audiencia ante el juez Mayer tanto yo como el defensor oficial Miguel Fernández nos opusimos a las pericias que pidió la defensora de Retamar porque implicaba revitimizar. Pero el juez hizo lugar al pedido. Sin embargo las pericias nunca se pudieron concretar porque la víctima no quería saber nada con pasar por esa situación. Entonces, se planteó el acuerdo de juicio abreviado”, señaló.

El caso se emparenta, en la visión del Ministerio Público Fiscal, con la resolución que tuvo un caso de violación en manada en la provincia de Chubut. El fiscal Fernando Rivarola atendió el pedido de la víctima de no someterse a un juicio oral, y cerrar el caso con un juicio abreviado. Ese camino lo rechazó el juez Penal Marcelo Nieto Di Biase. Pero un tribunal de alzada anuló lo resuelto por el juez por cuanto “la resolución en crisis está teñida por una particularidad que la invalida como acto jurisdiccional válido: su arbitrariedad”.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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