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A última hora del viernes, se conoció una sentencia por la cual se hace lugar a una “acción de amparo ambiental contra la Municipalidad de la ciudad de Paraná”, interpuesta por el Foro Ecologista local, conforme a la Ley de Procedimientos Constitucionales.

“Se procede disponer como medida pre-cautelar la suspensión del inicio de la tala de árboles existentes en Boulevard Racedo, hasta tanto las medidas cautelares solicitadas sean resueltas”, reza el fallo del juez vocal Nº 5 en feria, Gervasio Labriolaen, en su parte central.

Ello, por cuanto según surge del escrito de la demanda, “la obra en cuestión comenzaría el día lunes 25/01/2021, extremo que habilita la cautela jurisdiccional anticipada prevista en la normativa citada, siendo tal medida conducente y necesaria para anticipar, prevenir o evitar el riesgo de daño ambiental en el caso concreto”.

El proyecto de ampliación de esta calle céntrica de Paraná es resistido por un grupo de frentistas por considerar que atenta contra el ambiente del barrio. Como contrapropuesta, los vecinos planteaban redefinirla, sin la necesidad de extraer especies arbóreas. De todos modos, la administración municipal ratificó la iniciativa que había sido frenada, con fecha de inicio este lunes 25.

Dictada la medida precautelar, la Justicia corrió traslado a la Municipalidad de Paraná, librando mandamiento “para que en el término de siete (7) días, informe sobre la exactitud del hecho que motivó la demanda y, en caso afirmativo, la razón en que se funda su actitud, debiendo remitir los expedientes administrativos originales completos, correspondientes a la contratación de la Municipalidad de Paraná de la obra pública de ensanche de Bv. Racedo y a la aprobación de la tala de los árboles existentes en dicha arteria”, queda especificado en el dictamen.
Fuente: APF Digital / Era Verde

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