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Esta declaración de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por el Decreto N° 879/16 del Ministerio de Producción de Entre Ríos incluye a los productores ganaderos, lecheros, agrícolas, forestales, citrícolas, frutícola, apícolas, avícolas y hortícolas de todos los departamentos de la provincia como consecuencia de los daños sufridos en las distintas actividades a raíz de la rápida crecida y desborde de los ríos Paraná, Uruguay y Gualeguay y sus afluentes. Además de las copiosas e intensas lluvias del mes de abril.

La documentación complementaria que acompaña a las declaraciones Juradas son fotocopia de DNI, CBU (en caso de poseer cuenta bancaria), CUTI/RENAF, y planillas de vacunación de FUCOFA (para quien corresponda).

Cabe recordar que esta declaración jurada no representa inmediata recomposición económica a los productores afectados por las inclemencias del tiempo ya que la misma deberá evaluarse por parte de las autoridades provinciales y nacionales. El plazo de presentación es hasta el 6 de junio.

Los formularios se retiran en la Coordinación de Producción local, calle Centenario 2184 de 7 a 13hs.
Fuente: El Entre Ríos (edición impresa)

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