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La Justicia rechazó el planteo hecho por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri y su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, quienes pretendieron apartar al juez Gervasio Pablo Labriola del tribunal que los juzgará a partir del 29 de julio próximo.

Sin embargo, un tribunal integrado por los jueces Rafael Cotorruelo, Gustavo Pimentael y Alejandro Gripo rechazó la recusación. De este modo, confirmaron que Labriola conformará el Tribunal de Juicios y Apelaciones que los juzgará entre el 29 de julio y el 27 de agosto en la denominada “causa de la vaca”, una investigación penal que busca determinar si hubo favoritismos en el otorgamiento de publicidad callejera durante el urribarrismo, con un mecanismo cartelizado que incluía el pago de coimas.
Recusación
El viernes último, el Tribunal escuchó los argumentos de los abogados Raúl Barrandeguy y José Candelario Pérez e Ignacio Díaz, por Urribarri y Báez, respectivamente, que solicitaron que Labriola sea apartado del Tribunal que comenzará a juzgarlos el 29 de julio en la causa conocida mediáticamente como “de la vaca”, en la que se investiga los delitos de direccionamiento de órdenes de publicidad, entre 2010 y 2015, por un monto total de $24.204.918,69, y el supuesto pago de “coimas” por unos $12 millones, según la tesis de Fiscalía.

Para los abogados, el magistrado incurrió en la causal de recusación que prevé el artículo 38 inciso J del Código Procesal Penal, que establece que un juez puede ser apartado si “si hubiere dado consejos o manifestado extrajudicialmente su opinión sobre el proceso”.

Los letrados sostuvieron el pasado 3 de mayo Labriola, en el marco de la megacausa del “Sueño Entrerriano”, rechazó el recurso de excepción por falta de acción en el que plantean que no existe delito en las contrataciones que investiga la Justicia, ya que fueron aprobadas por los organismos de control, como la Contaduría, el Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado. En ese sentido, sostuvieron que esa resolución es sobre un planteo similar que realizan en la causa “de la vaca” en la que Labriola es uno de los jueces que integra el Tribunal –que completan Cotorruelo y Grippo–.

La recusación fue rechazada por el propio Labriola y también por la procuradora adjunta y fiscal anticorrucpión, Cecilia Goyeneche. Ambos coincidieron en plantear que el hecho de que el juez se haya pronunciado en un proceso diferente de modo adverso a las pretensiones de los defensores, por más idéntica o “gemela” que pudiera ser la estrategia defensiva desplegada, de ninguna manera se da la causal de recusación prevista en el inciso j) del artículo 38 del Código Procesal Penal.
La resolución del Tribunal
“Expresamos que compartimos la posiciones fijadas por el Magistrado informante y la acusación pública, en cuanto a la improcedencia del planteo de recusación formulado”, sostuvieron los jueces Cotorruelo, Pimentel y Grippo, en la resolución dictada este lunes 3.

Además de coincidir que la recusación fue interpuesta fuera de los plazos legales, consideraron que “debe advertirse que no requiere mayor esfuerzo concluir que los hechos descriptos como motivo de apartamiento por parte de los recusantes en manera alguna conforman alguna de las conductas descriptas en los incisos antes transcriptos”.

“Es suficiente para ello afirmar, que la actuación del Dr. Labriola fue en un proceso diferente –aún con gran coincidencia de personas imputadas– y no en el mismo proceso”, dijeron en coincidencia con el juez y la Procuración.

“De hecho, la solución pretendida debería tener lugar, de producirse una acumulación de legajos –de aquel en el cual el Dr. Labriola actúa como Vocal de apelación con el que aquí lo tiene como Juez del Tribunal de Juicio–, como lógica con secuencia de que ambos pasarían a formar parte de un único proceso”, finalizaron.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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