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Izq: Marina Barbagelata; Der: Daniel Alonso.
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Luego de que la Corte Suprema de Justicia diera ingreso a la cuestión de competencia entre ambos magistrados, solicitó a la Procuración General que emita dictamen. Esta opinión de la Procuración General puede o no ser tenida en cuenta por el máximo tribunal al momento de la resolución de si la causa debe tramitarse en el Juzgado Federal o en el Provincial.

Ante este pedido de la Corte, realizado en agosto pasado, el procurador General de la Nación, Eduardo Casal, respondió el miércoles 15 con un dictamen en el que planteó: “Como medida para mejor dictaminar, solicito a V.E. (vuestra excelencia, por la Corte) que requiera al Juzgado de Garantías N° 1 de Paraná, provincia de Entre Ríos, la remisión del expediente “Legajo OGA n° 10668 – Beckman, Flavia Marcela; Scialocomo, Esteban; Álvarez, María Victoria s/estafa”.

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Eduardo Casal, Procurador General. Agrandar imagen
Eduardo Casal, Procurador General.
En su escrito, el Procurador General de la Nación citó el artículo 47°, inciso 6 del Código Procesal Penal de la Nación, donde se establece que el tribunal inferior debe enviar al superior común (en este caso la Corte por tratarse de dos juzgados de fueros distintos) los antecedentes de la causa en disputa.

Casal pidió conocer la prueba y los elementos que constan en el expediente a fin de emitir su opinión respecto a si la causa debe ser tramitado por Alonso o por Barbagelata.

Se espera que la Corte complete la petición del Procurador General en los próximos días. La remisión de la documentación al máximo tribunal era algo que Alonso le había recomendado a Barbagelata, pero la magistrada provincial no tomó esa sugerencia y siguió adelante, avanzando incluso con otras instancias del juicio.

Incluso informó través de la oficina de prensa del Superior Tribunal que sólo elevaría la causa a la CSJN si ésta se lo pedía expresamente. La oportunidad se dio ahora.
Los dos caminos de la causa
Cuando las actuaciones sean elevadas a la Corte, el juicio por la causa contratos entrará en una parálisis temporal hasta tanto ocurran dos cosas. La primera es que la CSJN conserve el expediente hasta expedirse. La segunda es que, como ocurrió en la causa de la obra pública en Santa Cruz, fotocopie y certifique todas las fojas del caso para poder trabajar sin detener por esa razón la continuidad de las medidas.

Previendo que esto pueda ocurrir, las defensas presentarán en las próximas horas un nuevo pedido a Barbagelata para que suspenda las actuaciones. La magistrada ya rechazó dos veces este reclamo, dejando de lado incluso la opinión de la Fiscalía de Estado de la provincia que interviene como actor civil en la causa.

La decisión de qué Juzgado ha de seguir con la causa afecta tanto al modo en que se llevará adelante el futuro juicio (la Justicia Federal y la Provincial tienen distintos procedimientos) como el ilícito que se le impute a los participantes. En el primero se trata de delitos electorales y en el segundo de estafa, peculado y asociación ilícita.
Fuente: APF Digital

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