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El Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos anunció oficialmente que se encuentra disponible su ayuda para gimnasios y organizadores de eventos, que hayan visto afectados sus ingresos por las restricciones impuestas ante la pandemia de Covid-19.

A través del Decreto Nº 1530, el gobierno provincial afectó un monto de 45 millones de pesos para asistir a diversos sectores vinculados a eventos, gimnasios y afines. Para que este beneficio se haga efectivo, se procederá a la verificación de las solicitudes que se presenten luego del cotejo de la documentación requerida y el cruce de datos con los registros de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).

El programa oficial consiste en un aporte no reintegrable -por un período de dos meses- de una suma fija mensual a abonar por el Estado provincial, a depositar en la cuenta bancaria de cada prestador de las actividades alcanzadas por el decreto, que cumpla con los requisitos establecidos.

Los requisitos para ser beneficiarios son los siguientes:

. Tener constituido domicilio fiscal electrónico ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos.

. Inscripción vigente en el impuesto a los ingresos brutos.

. Tener dada de alta en el impuesto a los ingresos brutos alguna de las actividades detalladas en el anexo del Decreto 1530/21 MP.

Luego de cumplimentar estos pasos, el contribuyente recibirá en una cuenta que él mismo designe, un ingreso por un período de dos meses de una suma fija mensual de 15 mil pesos, a abonar por el Estado provincial y administrada por el departamento contable del Ministerio de Producción.

Para ingresar, cada beneficiario deberá hacerlo con su clave fiscal en la página de AFIP. Una vez allí, deberá ingresar a la sección “Servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos” y seleccionar la opción “PROGRAMA DE ASISTENCIA ECONÓMICA EVENTOS, GIMNASIOS y AFINES” dentro de la pestaña “Servicios” (cabe destacar que los servicios de ATER deben estar adheridos a la clave fiscal para poder realizar el trámite).

Los rubros alcanzados en el anexo son:

. Polideportivos, canchas, piletas de natación y salas de entrenamiento.

. Gimnasios.

. Enseñanza deportiva.

. Servicios de organización de convenciones y exposiciones comerciales, excepto culturales y deportivas.

. Servicios de alquiler y explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares.

. Servicios de salones de baile, discotecas y similares.

. Servicios de diseño especializado.

. Servicios de preparación de comidas para empresas y eventos.

. Servicios de fotografía.

. Alquiler de prendas de vestir.

. Alquiler de efectos personales y enseres domésticos NCP.

Los detalles ampliados se pueden obtener en: https://www.entrerios.gov.ar/portal/asistencia/eventosgimnasiosyafines/#

Por consultas, comunicarse a través del siguiente correo electrónico: asistenciaeventosygimnasioser@gmail.com.
Fuente: Gobierno de Entre Ríos

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