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La exfiscal Anticorrupción y exprocuradora Adjunta de Entre Ríos, Cecilia Goyeneche, se refirió a la causa que investiga a los empresarios paranaenses Claudio y Marcelo Javier Tórtul por presuntos pagos de coimas. También habló de la situación judicial del exgobernador Sergio Urribarri en relación a su condena por hechos de corrupción.
Investigación contra empresarios
En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio Plaza), Goyeneche sostuvo que “es bastante sorprendente lo que ha pasado y llamativo, conozco del caso por los medios pero lo que es interesantísimo es que la propia empresa Securitas es quien produce la denuncia contra sus ex funcionarios y eso es producto de una regulación nueva en Argentina pero que tiene varias décadas a nivel mundial que es la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas y que les impone establecer sistemas de prevención de los delitos de corrupción”. Explicó que “en Argentina se trata de una ley de fines de 2017 que lo que hace es prever que las empresas puedan ser castigadas penalmente y en caso de que detecten hechos de corrupción entre sus integrantes tienen el deber de denunciarlos y al hacerlo pueden evitar la sanción penal de la empresa, que podría ser una multa multimillonaria o incluso la disolución de la empresa”.

“Lo llamativo de este caso es que más allá de que son algunos empleados de la empresa quienes denuncian ante la propia empresa Securitas Internacional, y es la propia empresa la que denuncia penalmente para evitar la responsabilidad penal de la empresa, a nivel probablemente internacional donde las penas y las sanciones son altísimas. En Argentina la ley es bastante nueva y no hay antecedentes de sanción en base a esa ley pero sí muestra su eficacia, donde los primeros que tienen que estar atentos a la ocurrencia de hechos de corrupción de su personal son las propias personas jurídicas. Hay muchos casos, sobre todo en Estados Unidos y Gran Bretaña, donde se ha sancionado a las empresas incluso por hechos ocurridos en sus filiales de Argentina o Brasil”, explicitó.

Respecto de la investigación sobre Securitas, afirmó que “el enorme problema de la corrupción es probarla, porque generalmente requiere de dos partes, uno como funcionario infiel que está de acuerdo con un particular para entregar bienes del Estado de alguna manera. Es muy difícil probarlo, y que sea la propia empresa quien denuncia pone a esta causa en una situación especial y con mucha expectativa porque la que entrega la primera y principal prueba de los hechos ocurridos es quien tiene la prueba en su poder. Eso da una ventaja sustancial y me hace pensar que es probable que tengan mucha prueba, muy buena, de mucha calidad probatoria que es lo principal en cualquier hecho de corrupción”.

Consultada por la posibilidad de la justicia provincial para efectuar este tipo de investigaciones, sostuvo que “la ley de responsabilidad penal de personas jurídicas es aplicable tanto en las provincias como en Nación, es decir que es una ley de fondo que rige para todos; en cualquier momento la Fiscalía de Entre Ríos donde impute responsabilidad penal a personas individuales y además a personas jurídicas, pero no ha ocurrido hasta ahora”.

En ese marco, sobre la causa que involucra a los Tórtul consideró que “hay alguna razón por la cual (la jueza) Arroyo Salgado considera que ella es competente para incluso hechos de corrupción que, según informan los medios, habrían ocurrido en Entre Ríos, en Tucumán y provincia de Buenos Aires. Ella que es jueza Federal de San Isidro considera que es competente para actuar en todos, probablemente por el tipo de imputación que está haciendo, que podría ser asociación ilícita. Pero, por ejemplo, si decide imputar pago de coimas y remitir las causas a las jurisdicciones donde se cometieron los hechos concretos de corrupción, debería proseguirse la investigación, la atribución y eventualmente un juicio en los tribunales ordinarios de la provincia de Entre Ríos”.

“La ley de responsabilidad penal de personas jurídicas tiene normas penales aplicables en todo el país y también tiene normas administrativas muy interesantes, y planteé varias veces que sería muy importante que la provincia de Entre Ríos adhiera a esa ley para las normas procedimentales y administrativas. Por ejemplo, se le prohíbe a una persona jurídica que no tiene el sistema de prevención de la corrupción, a contratar con el Estado. Son una serie de normas tendientes a la prevención de estos hechos de corrupción”, puntualizó.

En relación con el delito de lavado de activos, explicó que “en algunas provincias como Santa Fe y Chubut, el fiscal investiga y hubo juicios y condenas de la justicia provincial por lavado de activos, pero la verdad es que la ley dice que es competencia federal, entonces no se ha terminado de dirimir quiénes son los competentes. Si lo hace la Justicia Federal tiene el amparo de la ley que dispone que el lavado de activos afecta al sistema económico y financiero del país, y va más allá de la justicia ordinaria”.

“Pero en provincias como Chubut la justicia provincial trabajó el lavado de activos relacionado a hechos de corrupción. Hubo varias causas de corrupción vinculadas al gobierno de Das Neves y hay atribuido el delito de corrupción, por ejemplo cohecho, y además lavado de activos entendiendo que el dinero que se lavó es dinero de la corrupción. Creo que este es el camino que se va a seguir dentro de la jurisprudencia nacional y probablemente en algún tiempo comencemos a ver en Entre Ríos causas provinciales vinculadas al lavado de activos”, sentenció.
La sentencia que tiene Urribarri
En relación con las causas por corrupción que investigan al exgobernador Sergio Urribarri, Goyeneche mencionó que “ayer pasó algo muy importante y es que se rechazó el recurso extraordinario provincial que tenían ante la Sala Penal, y es muy importante porque pone la situación a un paso de empezar a ejecutarse la sentencia”.

Al respecto, explicó: “La jurisprudencia en nuestro país dice que las sentencias empiezan a ejecutarse una vez que se rechaza el recurso extraordinario federal, eso todavía no ha pasado en esta causa pero el recurso que se rechazó ayer es el correlato del recurso extraordinario federal que se hace en la provincia, es igual, idéntico, con las mismas condiciones al que se hace ante la Corte. Al haber considerado que este recurso provincial no es procedente en este caso, por el tipo de planteos que venía haciendo la defensa, y lo que dice la Sala Penal es que este tipo de planteo no justifica el recurso extraordinario, ya las personas condenadas tuvieron su momento de recurrir ante la Cámara de Casación, eso ya fue tratado, es una garantía constitucional pero eso ya pasó y este recurso extraordinario tiene otras condiciones. Entonces lo que dice la Sala Penal ahora es que no están dadas las condiciones para abrir un recurso extraordinario en este caso, y es altamente probable que ese análisis se repita cuando planteen el recurso extraordinario federal, con lo cual es una enorme noticia porque lo que se está diciendo es que hay una sentencia justa y que en poco tiempo seguramente van a empezar a cumplirse las penas impuestas”.

Consultada por el trato a impartir a un ex gobernador ante una eventual prisión, dijo que “todos somos ciudadanos comunes y de a pie, no hay fueros especiales para la ejecución de pena, pero por supuesto que el Servicio Penitenciario dependiente del Poder Ejecutivo tiene el deber de garantizar la seguridad de todos y cada uno de las personas que cumplen una pena. En ese sentido, si consideran que alguna persona corre algún riesgo específico o que deben darle algunas condiciones especiales de detención para salvaguardarla, por supuesto que lo tienen que ejecutar. Pero eso dentro del marco de partir de la base que para la ejecución de una pena privativa de la libertad somos todos exactamente iguales”.
Fuente: Análisis - Radio Plaza

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