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Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en acuerdo general, insertando cambios en la regulación de las audiencias de los juzgados civiles y comerciales, en el marco de la implementación de la oralidad en ese fuero. Su vigencia será a partir de las audiencias fijadas desde el 1º de febrero de 2020 en adelante.

Las modificaciones introducidas son la videograbación obligatoria de las audiencias preliminares, con la excepción de la etapa conciliatoria si fuera solicitado por las partes, a fin de evitar vulnerar la confidencialidad y la finalidad de la instancia.

Además, se estableció la aplicación de la oralidad a otros procesos que, hasta el momento, no se encontraban incluidos en esa modalidad y en aquellas en las que se deba realizar una audiencia o producirse prueba en condiciones de inmediación, como por ejemplo los procesos incidentales o de ejecución.

También se aprobó el “Protocolo para recibir declaraciones personales por video conferencia”, que regula las comunicaciones remotas, que tiene por finalidad organizar el sistema que, en ocasiones puntuales y justificadas, las partes, peritos y testigos puedan declarar a distancia -mediante video llamada- ante el juez que entiende en la causa, a fin de asegurar la oralidad e inmediación, buscando economizar en tiempo y dinero.
Fuente: SIC - STJER

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