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Es la misma resolución que habilita a las fuerzas de seguridad federales a gatillar aun cuando no haya agresión previa. La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, adelantó que buscarán que las fuerzas de seguridad provinciales incorporen el reglamento. El Gobierno nacional inició gestiones para que las provincias incorporen el nuevo reglamento de las fuerzas de seguridad federales, que les permite usar sus armas de fuego aun cuando no exista una agresión directa o cuando reciban una amenaza con una pistola de juguete. Incluso los autoriza a disparar sin dar la voz de alto.

“Ahora estamos haciendo el reglamento igual para todas las fuerzas de seguridad, tenemos un solo reglamento”, destacó la ministra Bullrich, quien luego reveló: “Les vamos a decir a todas las policías del país que lo adopten, ya nos han llamado varias”.
Las nuevas reglas
El decreto 956/2018 del Ministerio de Seguridad se publicó ayer en el Boletín Oficial. Puso en práctica el denominado “reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales”. En líneas generales, se otorga mayor libertad para disparar “cuando resulten ineficaces otros medios no violentos”.

El texto establece que los efectivos podrán hacer uso de sus armas reglamentarias “para impedir un delito particularmente grave”, “para proceder a la detención de quien represente un peligro inminente (de muerte o de lesiones graves) y oponga resistencia a la autoridad”, y “para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención”.

El reglamento habilita, además, los disparos “cuando el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal” y “cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal”.

Sobre esta última hipótesis, se indica que los posibles escenarios serán cuando un sospechoso que realice “movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma”, “cuando tenga la capacidad cierta o altamente probable de producir, aun sin el uso de armas, la muerte o lesiones graves a cualquier persona”, o “cuando se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muerte o lesiones graves”.

Además, la normativa permite que los integrantes de las fuerzas federales no tengan que identificarse a voz viva antes de intervenir.

“Se exceptúa de este requisito en aquellas situaciones en las que dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas, cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil, dadas las circunstancias del caso”, dice el decreto.
La justificación de los cambios
“Hasta ahora los miembros de las fuerzas de seguridad no podían usar armas para defenderse o para defender a la gente”, justificó Bullrich. Agregó, además, que “tampoco lo podían hacer para detener a un delincuente o para impedir que un delincuente peligroso se fugue”.

“Tal cual estaban escritos los reglamentos, primero el delincuente tenía que tirar y una vez que él tirase o que manifiestamente estuviese a punto de tirar, recién en ese momento lo podía hacer (el uniformado). Es decir, que siempre se dejaba a las fuerzas de seguridad en una situación de inferioridad”, opinó la ministra.

Bullrich remarcó que la medida les “permitirá a las fuerzas de seguridad proteger a la gente y no estar pensado que, si toman alguna decisión (de actuar con su arma de fuego), van a terminar procesadas o encarceladas”.
Fuente: El Once

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