La presentación fue realizada el 19 de junio por el colectivo Periodistas Feministas de Entre Ríos a través del formulario web de la Oficina de Violencia de Género (OVG) del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
Según se indicó en la denuncia, circulaba una placa identificada como "ParanaHot", asociada a un grupo de mensajería instantánea donde se compartían imágenes y videos de mujeres sin autorización.
La denuncia presentada
De acuerdo con la presentación realizada ante la Oficina de Violencia de Género, en el grupo de mensajería instantánea se difundían fotografías, videos y otro tipo de material de contenido sexual vinculados a mujeres de Paraná.Las denunciantes señalaron que parte del material habría sido obtenido de perfiles personales en redes sociales y posteriormente modificado o editado.
También manifestaron que circulaban imágenes y videos de situaciones íntimas, cuya difusión presuntamente no contaba con el consentimiento de las personas involucradas.
Además, advirtieron sobre la existencia de conversaciones y mensajes que contenían referencias a hechos de violencia, abuso o coerción sexual.
“Si si yo fui a verla, y ya sabía que era así, fui con otro número y un fierro, cuando le pagué no quería c*, ahí nomás pelé el fierro y la obligué a c*. le reventé la c* y el o* y la cag* a palos por hacerse la viva. Disfruté más fajarla que c*, por eso está media desaparecida ahora”, fue uno de los mensajes.
Intervención judicial
Tras tomar conocimiento de la situación, la Oficina de Violencia de Género dio intervención al Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Paraná, a cargo del juez Juan Marcelo Micheloud.Desde el ámbito judicial se resolvió activar las herramientas previstas en la Ley Olimpia N° 27.736, normativa que incorporó la violencia digital contra las mujeres a la Ley de Protección Integral N° 26.485.
La legislación contempla distintas medidas cautelares orientadas a prevenir, detener y reparar situaciones de violencia de género desarrolladas mediante entornos digitales y plataformas tecnológicas.
Las medidas ordenadas
Fuentes judiciales confirmaron que se dispuso la intervención de la Dirección de Inteligencia Criminal de la Policía de Entre Ríos. El objetivo es realizar tareas investigativas destinadas a identificar a los posibles responsables de la creación, administración y difusión de los contenidos denunciados.
Las medidas incluyen la preservación de datos informáticos, direcciones IP y números telefónicos vinculados a las cuentas que habrían participado en la difusión del material.
Asimismo, se ordenó gestionar la inmediata eliminación, bloqueo o baja de las publicaciones en todas las plataformas donde pudieran encontrarse disponibles.
Qué establece la Ley Olimpia
La Ley Olimpia incorporó la violencia digital o telemática dentro de las modalidades de violencia de género contempladas por la legislación nacional. La normativa define como violencia digital toda conducta, acción u omisión basada en razones de género que sea cometida mediante tecnologías de la información y la comunicación con el objetivo de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales.También contempla situaciones que puedan afectar tanto a las mujeres como a integrantes de su entorno familiar. La legislación prevé mecanismos de protección judicial y herramientas para limitar la circulación de contenidos que vulneren derechos.
Intervención de la Unidad Fiscal de Género
Además de las actuaciones impulsadas desde la Justicia, se informó que la denuncia y las medidas adoptadas fueron comunicadas a la Unidad Fiscal de Género.Desde los organismos intervinientes no se brindaron detalles sobre posibles personas identificadas ni sobre el avance de las tareas investigativas.
La causa permanece en etapa inicial y continúa bajo análisis de las autoridades competentes.