La disposición “ahora pasará a Resolución de Presidencia y luego deberá ser ratificado por el Directorio Obrero”, contó Cañete, quien recordó que la Ley Nacional que se reglamentó permitirá, por un lado, ampliar esta mayor oferta de alimentos convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas, pero también establecer los estándares a cumplir para garantizar que al momento de ofrecerlos sean seguros.
Cabe recordar que la enfermedad celíaca es crónica, inmunomediada, sistémica, precipitada por la ingestión de proteínas del trigo, de la avena, de la cebada y del centeno, comúnmente llamadas gluten, que afectan al intestino delgado en individuos genéticamente predispuestos. Entre las enfermedades intestinales la celiaquía es la más frecuente, estimándose su prevalencia en el uno por ciento de la población argentina.
Las personas que padecen celiaquía deben realizar de por vida una dieta estrictamente libre de proteínas procedentes del trigo, de la avena, de la cebada y del centeno (TACC), que son causantes del daño intestinal característico de la enfermedad celíaca.