A partir del femicidio de Micaela García, ocurrido en Gualeguay a principios de abril de 2017, se modificó la Ley de Ejecución de Penas, y los homicidas dejaron de gozar de beneficios. “Perpetua hoy es perpetua, es decir, según mi punto de vista, una pena de muerte encubierta. Desde ya que se respeta el dolor, pero no se puede ser arbitrario. Si bien cualquiera que cometa un hecho merece una pena justa, una perpetua sin salida va en contra de la Constitución. Las penas no son para castigo, sino que para reinserción. Nunca puede ser reinserción mantener una persona dentro de la cárcel para toda la vida”, explicitó Barbirotto. Para hacer un paralelismo, Barbirotto hizo mención al Estatuto de Roma, que rige todos los casos de genocidios en Argentina, y que establece penas máximas de 30 años. “Existe una pena perpetua pero puede morigerarse a los 25 años. En este caso, ¿es peor Nahir Galarza que Jorge Videla? ¿Que aquellos que exterminaron una raza? La modificación va en contra del hecho de que las penas no pueden ser inhumanas”, cuestionó.
“Como especialista en derecho penal esta no es mi primera experiencia de este tipo. Cuando hay un caso mediático los legisladores hacen modificaciones que pueden ser inconstitucionales. En este caso un juez puede declarar esto inconstitucional. Nuestra ley es clara”, sostuvo.
Asimismo aclaró: "Nahir tiene que ser condenada, pero con el derecho a recuperar su libertad. Es una cuestión técnica, hay que dejar de lado el dolor de las familias. Lo que no puede ser el derecho penal es arbitrario. Puede existir un clamor social, pero eso no es derecho penal, no es Justicia ni son derechos humanos".