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El Gobierno nacional anunció que impulsará una reforma del Régimen Penal de Minoridad e incluirá la baja de la edad de punibilidad, es decir, el límite a partir del cual los menores pueden ser juzgados, a los 15 años. El proyecto, polémico por cierto, reaviva un debate histórico en el país.

Los operadores judiciales hablan de punibilidad en lugar de imputabilidad, como prefiere el Gobierno; y el juez penal de niños y adolescentes, Pablo Barbirotto, lo explica: “Lo que se propone es una baja en la edad de responsabilidad penal. La imputabilidad o inimputabilidad de una persona implica la capacidad de comprensión acerca de la comisión de un delito, es decir, si una persona tiene facultades para comprender la criminalidad de sus acciones. Lo que se busca con este proyecto es bajar la edad de punibilidad, que es la posibilidad de aplicar una pena a partir de los 15 años, no para todos los delitos sino para los delitos graves, como homicidios, abusos sexuales o secuestros extorsivos”.

Como se dijo, la edad de punibilidad es el límite inferior a partir del cual los adolescentes pueden ser juzgados. En la Argentina, según el Régimen Penal de Minoridad –sancionado en 1980 durante la última dictadura cívico-militar–, se fijó en los 16 años, es decir, que los menores de esa edad no pueden ser juzgados.

Sin embargo, Barbirotto aseveró que “a diferencia de lo que la gente cree, de que entran por una puerta y salen por la otra, hoy los menores tienen un sistema mucho más represivo que los adultos, no en el monto de las penas sino en las garantías, principalmente”.

En diálogo con el programa 5 Esquinas, que se emite por Radio Costa Paraná, el magistrado sostuvo que “es necesario modificar el régimen de responsabilidad penal de menores”, pero se lamentó de que “siempre se centra la discusión en la baja de la edad de punibilidad y no se puede seguir avanzando” y resaltó que el sistema actual “ni siquiera tiene en cuenta los postulados de la Convención de los Derechos del Niño”, lo que ha motivado sanciones al país por el incumplimiento de tratados internacionales.

Barbirotto consideró que “el proyecto que pretende enviar el Poder Ejecutivo al Congreso invade las competencias provinciales” y explicó que “al Congreso le corresponde fijar una ley que establezca los puntos centrales, por ejemplo, qué delitos y los montos de pena que se van a poder establecer; y las provincias tienen la facultad de establecer sus códigos procesales, es decir, cómo se va a aplicar la ley y las formas del proceso”.

En ese sentido, enfatizó que “Entre Ríos tiene un procedimiento nuevo, que entró en vigencia hace dos años, y adapta las pautas de la Convención de los Derechos del Niño a las normas procesales de la provincia”.

El procedimiento entrerriano ha sido reconocido por Unicef como una legislación de avanzada en la materia y, según Barbirotto, “es un proceso novedoso porque no se archivan las actuaciones, como ocurre en gran parte del país, sino que prevé un proceso para los niños de 14 y 15 años acusados por delitos muy graves pero sin la posibilidad de aplicar medidas privativas de libertad” y, en cambio, “se busca determinar si el adolescente cometió el hecho, dar una respuesta a la víctima y trabajar la responsabilización, para evitar que ese chico, cuando tenga 16 años, sea captado por el sistema penal”.

El proceso consiste en realizar un abordaje interdisciplinario, con psicólogos, trabajadores sociales y psiquiatras “para ver las causas y consecuencias de ese hecho y trabajar en un plan de acción tendiente a evitar que ese chico se vuelva a ver involucrado en ese tipo de hechos”.

El magistrado aseguró que solo el 0,66 por ciento de los delitos son cometidos por menores de 16 y 17 años y el porcentaje disminuye en la franja de 14 y 15 años, al tiempo que resaltó que “en dos años de implementación de este proceso en la provincia no ha habido ningún juicio en esta franja etaria”, por lo que se preguntó “cuál es la necesidad de hacer una ley para ese espectro que no mueve el amperímetro en cuestiones de inseguridad ciudadana”.

También sostuvo que “los adultos no captan a las personas no punibles porque no van a ir presos, sino que los captan porque son mano de obra barata, es decir, piden muy poco del botín, se conformaban con muy poco”, de acuerdo con los datos que surgen de las causas en las que le ha tocado intervenir. Por lo tanto, consideró que “una reforma debería apuntar a ser más severos con quienes captan a los menores y no con los más vulnerables”.
Fuente: Página Judicial

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